El Gobierno anunció una medida de alivio financiero para las empleadas domésticas, que recibirán un bono de $25.000, que será otorgado en dos cuotas durante los meses de septiembre y octubre. La medida fue oficializada a través del Decreto 438/2023, publicado en el Boletín Oficial. Según lo establecido en la normativa, el pago de este bono debe realizarse en relación con las horas trabajadas por cada empleada.
De acuerdo con el último acuerdo paritario vigente, las trabajadoras de casas particulares recibirán una compensación de aproximadamente $260,42 por cada hora trabajada como parte de este bono. Esta compensación busca equiparar el impacto económico de la crisis en este sector laboral.
AYUDA DE EMERGENCIA: Cómo calcular el bono para empleadas domésticas
El monto del bono varía según la cantidad de horas trabajadas. Aquí te explicamos cómo calcularlo:
Jornada Laboral de 6 horas:
- (6 horas x $25,000) / 8 = $18,750
- El pago se efectuará en dos cuotas de $9,375 (septiembre y octubre).
Jornada Laboral de 4 horas:
- (4 horas x $25,000) / 8 = $12,500
- El pago se realizará en dos cuotas de $6,250 (septiembre y octubre).
Jornada Laboral de 8 horas (jornada completa):
- (8 horas x $25,000) / 8 = $25,000
- El pago se distribuirá en dos cuotas de $12,500 (septiembre y octubre).
AYUDA DE EMERGENCIA: cómo solicitarlo el reintegro para los empleadores de empleadas domésticas
Para solicitar el reintegro, los empleadores deberán presentar la siguiente documentación:
- Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago de la misma.
- Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado de conformidad por la trabajadora o el trabajador, o en su caso recibo de sueldo del trabajador o de la trabajadora con la inclusión del monto de la asignación no remunerativa.
- Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU).
- Declaración Jurada de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos.
- Declaración Jurada de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador o la trabajadora sujeta al “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” en el mes de agosto de 2023.
- Lugar de residencia del empleador o de la empleadora.
La solicitud deberá realizarse a través del portal web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El reintegro será liquidado y pagado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través del Banco de la Nación Argentina.
En relación con la solicitud de reintegro de cada una de las cuotas, la primera deberá elevarse entre el 25 y el 29 de septiembre, mientras que la segunda parte del bono se deberá justificar entre el 2 y 8 de octubre.
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