LINCOLN

Ley de cupo trans: un paso fundamental para garantizar el derecho al trabajo

El Estado, Ministerios, organismos descentralizados o autárquicos, entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado tendrán que destinar un mínimo del uno por ciento de su personal para personas travestis, transexuales y transgénero.

Tras la aprobación de la ley de cupo laboral travesti-trans, la coordinadora del área de Diversidad del distrito de Lincoln, Vida Moreno, celebró esta medida y remarcó que “contar con esta ley a nivel nacional es una garantía y un paso clave para darle el marco legal necesario a este derecho de quienes forman parte del colectivo”.
 La municipalidad de Lincoln viene implementando este cupo desde el 2017, a través de la Ordenanza Nº 2346, lo que permitió la incorporación al ámbito de la Administración municipal de personas trans en condiciones de igualdad y respeto de su dignidad. 
La norma, aprobada recientemente en el Senado de la Nación, entre otros puntos, estipula que el Estado nacional “comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado” tiene que destinar un mínimo del uno por ciento de su personal para personas travestis, transexuales y transgénero. 
Con su carácter de Ley Nacional, ahora, podrán adherir los estados provinciales, algunos de las cuales ya cuentan con leyes similares como la provincia de Buenos Aires mediante la Ley Nº 14.783. En 2017, Lincoln fue uno de los primeros municipios que avanzó con la implementación de la “Ley de cupo trans”, mediante la Ordenanza Nº 2346/17, incluso, antes que esta ley se reglamentara en el ámbito provincial y nacional. 
Además del cupo del 1% para que los cargos en el sector público sean ocupados por personas travestis, transexuales y transgénero, la coordinadora municipal de Diversidad, Vida Moreno remarcó que “esta ley prevé incentivos para el sector privado que contrate personal trans, lo que resulta fundamental para ampliar las oportunidades de empleo e inclusión laboral”. 
Moreno destacó: “Desde mi lugar de coordinadora de Políticas de  Diversidad  del  distrito de Lincoln celebro plenamente que sea Ley ¡el cupo travesti-trans! El cupo para las travestis, transexuales y transgénero en los organismos del Estado ya es reconocido y garantizado por el decreto 721/2020 que el Presidente firmó en el mes de septiembre del 2020”.

La ley

La coordinadora señala que contar con una ley significa una garantía y un paso clave para darle el marco legal necesario a este derecho de aquellas personas que forman parte del colectivo. Además, esta ley incorpora otras cuestiones fundamentales como la obligación de emplear a personas de este colectivo también en el ámbito del sector privado.

Al respecto aclara:

1-Hasta que se reglamente la ley seguimos contando con el Decreto 721/2020 de setiembre del año pasado, que establece que al menos el 1% de los cargos en el sector público nacional deberán ser ocupados por personas travestis, transexuales y transgénero.
2-Tanto el decreto como la ley establecen que no es necesario que hayan terminado los estudios para acceder a un empleo nacional y que el Estado debe acompañar la terminalidad educativa.
La terminalidad educativa primaria y secundaria se lleva adelante mediante el Programa Fines, del Ministerio de Educación, que permite cursar estudios completos o materias adeudadas. Cualquier persona travesti o trans que esté estudiando en cualquier nivel también puede recibir la beca Progresar.
3-En la ley sancionada recientemente existe un punto muy interesante que no está en el decreto: los antecedentes penales no bloquean el ingreso al Estado nacional”.
Respecto a este último punto, Moreno explicó: “Históricamente se persiguió a la población travesti trans mediante los códigos contravencionales y las policías locales, que se usaron para detener y criminalizar, y que hicieron comunes las prácticas vinculadas a coimas por sexo y/o dinero a cambio de la libertad. También es muy común que se apliquen penas por resistencia a la autoridad. Son muchas las situaciones de criminalización a las que la población travesti y trans son arrojadas por las condiciones materiales de vida de las que hablábamos al comienzo. Entonces, a partir de que se reglamente la ley, no solo los antecedentes contravencionales no serán obstáculo para acceder al empleo en el Estado nacional, sino tampoco los antecedentes penales que resulten irrelevantes para el área donde se va a ingresar”.
4-Les travestis y trans mayores de 55 años pueden acceder a un puesto en el Estado nacional.

COMENTARIOS