Las personas que cuentan con una vivienda única y la ocupan de manera permanente, y al día de la fecha no cuentan con el título de propiedad, pueden ingresar al Plan de Regularización Dominial a fin de obtener la escritura de su inmueble.
Desde la Dirección de Tierras, dependiente de la Secretaría de Legal y Técnica, precisaron que por medio del Plan de Regularización Dominial -que el Ejecutivo local lleva adelante en forma conjunta con el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, y la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia- los vecinos de Lincoln pueden iniciar la tramitación de la escritura de su casa de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.374.
Este régimen permite regularizar el inmueble a aquellos ocupantes de buena fe de casas urbanas destinadas a vivienda única sobre la que acrediten su ocupación con causa lícita, en forma pública, pacífica y continua desde del 1 de enero de 2006.
Pueden iniciar el trámite de regulación:
- Las personas físicas ocupantes originarios del inmueble del que se trate.
- El cónyuge superviviente y superiores hereditarios del ocupante originario que haya continuado con la ocupación del inmueble.
- Los que, mediante acto legítimo fuesen continuadores de dicha posesión.
Entre los documentos que se pueden aportar para acreditar la antigüedad y continuidad de la ocupación, se encuentran: Boleto de compraventa, Cesión de Derechos, Libreta de Pagos, Título de antecedentes o Cesión de Derechos de posesorios. Además, pueden presentarse documentaciones probatorias que permitan determinar la ocupación desde enero de 2006 como, por ejemplo, boletas de servicios, facturas de compras, y demás documentos que den muestra de su residencia activa.
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