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Lincoln, municipio libre de pirotecnia

Recordaron las sanciones para quienes comercialicen el producto.

Desde la Municipalidad de Lincoln recordaron que, desde hace más de un año, se encuentra prohibida la fabricación, comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia en el ámbito del distrito, de acuerdo a la Ordenanza 2381/17 y el decreto de reglamentación 3565/17.

Desde la Subsecretaría de Prevención Ciudadana precisaron que se entiende por pirotecnia la técnica de fabricación y utilización de materiales explosivos como cohetes, petardos, rompe portones, bombas de estruendo, cañas voladoras, luces de bengala, fuego de artificio y cualquier otro elemento similar de carácter pirotécnico que produzca combustión y genere efecto audible o sonoro cualquiera fuera su naturaleza y característica.

El incumplimiento al Decreto N° 3565/17 – Ordenanza N° 2381/17 dará lugar a las siguientes sanciones aplicadas por el Juzgado de Faltas, previa acta labrada por el Departamento Ejecutivo:

Si el infractor fuera comerciante, se trate de personas físicas o jurídicas, y vendiere y/o mantuviere depósito y /o transportare artículos pirotécnicos, se ordenará una multa de hasta tres (3) sueldos mínimos de agente municipal (categoría administrativa 15), el decomiso de los elementos probatorios de la infracción y la clausura del local comercial por término de cinco (5) a diez (10) días si se tratare de la primera infracción. En caso de reincidencia, la multa oscilará entre cinco (5) y diez (10) sueldos mínimos de agente municipal (categoría administrativa 15) y la clausura se ordenará por un lapso de treinta (30) a sesenta (60) días. A la tercera infracción, se procederá a la clausura definitiva del local comercial.   

Cabe apuntar que, a partir de una Audiencia General, en 2016, el Ejecutivo dio impulso a la sanción de la legislación vigente que regula en nuestro distrito el uso de material pirotécnico de forma definitiva.  

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