Autoridades del Jardín Maternal de Ascensión, invita a toda la comunidad de la mencionada localidad a la elección de un nombre para el Establecimiento. Tenes tiempo hasta el día 25 de octubre
Para participar:
•Cada familia escribirá, en una hoja tamaño A4, el nombre pensado.
• Agregará una explicación sobre la selección del mismo y una breve reseña, biografía, etc.
•Colocar los datos de los participantes y un número de teléfono.
• Lo deberán entregar en el Jardín en un sobre destinado para tal fin.
•Se podrá participar hasta el día 25 de Octubre de 2019.
•El día 28/10 se darán a conocer los 3 nombres seleccionados, y se abrirá nuevamente una votación general hasta el día 1/11.
•Ante cualquier consulta comunícate al 2364-411010, de 7:30 a 13; 30hs.
Criterios:
La vida y la obra de personas de reconocidas virtudes cívicas que, con la calidad y ejemplaridad de su accionar, permitieron un mejor desarrollo comunitario, en escala local, provincial, nacional , latinoamericana o de reconocimiento mundial.
Un lugar, un hecho o una fecha significativa, aun aquellas que se encuentren previstas en el calendario escolar que registre nuestro país, o nuestra provincia en particular siempre respetando los principios constitucionales.
Una nación extranjera, que además de vincularse a nuestra nacionalidad por lazos de amistad, lo sea por tradición histórica, por vínculos de sangre, étnicos, de inmigración o de comunidad de valores que contribuyen a la permanente integración material y espiritual de sus pueblos.
Se podrán imponer en lenguas originarias nombres que refieren a un lugar y/o de personas de reconocidas virtudes ya que se persigue la reivindicación de los pueblos originarios, garantizando el respeto a sus identidades étnicas.
Restricciones:
No podrá imponerse igual nombre a establecimiento educativo de un mismo nivel y/o modalidad en un mismo distrito de la provincia.
No podrá identificarse ninguna institución educativa con el nombre de hombres o mujeres que hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad aun cuando se hubieren beneficiado con indulto o la conmutación de la pena.
No podrán tener nombres referidos a marcas comerciales o emblemas corporativos.
Deberán evitarse nombres de palabras extranjeras, toda vez que estas tengan su equivalente en español.
Para la imposición de nombres de personas deberá haber transcurridos un lapso no menor a 10 años de su fallecimiento. En caso que el lapso fuera menor, deberá consultar previamente la autorización de la excepción a la institución para que ésta pudiera gestionar su autorización.
COMENTARIOS