El fallo también se basa en “la atención al interés superior del niño al que alude la Convención sobre los Derechos del Niño, “que se constituye como el elemento rector delas decisiones que se tomen en relación a los niños, debiendo constituirse como una pauta básica de decisión ante un conflicto de intereses y ser un criterio para la intervención institucional destinada a proteger al niño”.
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