Las madres cumplen condena y sus hijos las acompañan, pero en un ámbito que no es el mejor para los niños.
DEBATE PENDIENTE

Hay 1300 chicos que están con sus mamás en la cárcel

Son niños menores de cuatro años, acompañan el cautiverio de sus madres en las prisiones bonaerenses.

Poco más de 1.300 chicos menores de cuatro años se encuentran en las cárceles del sistema penitenciario bonaerense. Se trata de niñas y niños que acompañan el cautiverio de sus madres mientras éstas cumplen condena hasta llegar a la edad de ingreso obligatorio al sistema educativo inicial.
No se encuentran alojados allí por orden o causa judicial alguna, por el contrario están allí por decisión de sus madres y consentimiento del sistema penitenciario o las autoridades del ministerio de Justicia provincial y/o los funcionarios judiciales. 
Existe al respecto un consenso sobre lo beneficioso de esta decisión, bajo la certeza indiscutida de que el niño debe permanecer junto a su madre durante los primeros años de vida. De hecho , el Ministerio de Justicia de la provincia de Buenos Aires analiza la construcción de casas dentro de los penales para que las madres vivan allí.
Ahora bien, la cárcel por sus características edilicias y su estructura organizativa, pero también por sus condiciones ambientales, aparece como incompatible con el crecimiento y el desarrollo cognitivo de un niño.
Sin dudas, el foco está puesto sobre la sanción y la penalización de la madre, quien ha cometido un delito por el cual debe resarcirse, y así se permite una situación de clara vulneración y violación de los derechos del niño. Pero naturalizar esta situación marca el fracaso del Estado como garante de los derechos universales de la infancia.
Seguramente haya quienes consideran que lo mejor para estos niños es separarlos de sus madres y así facilitarles el acceso a la institución adopción bajo la idea que una familia de otro extracto social pueda asegurarles una vida feliz.
Nuestro país adhirió a la Convención Internacional de los Derechos de la Infancia, generando una legislación rica en protección a los derechos esenciales de un niño: gozar de una familia, de una identidad y de un hábitat saludable, por citar solo algunas. Todo esto enmarcado siempre en el interés superior del niño. Es decir se debe privilegiar el derecho de un niño por sobre cualquier otra instancia.
En esa inteligencia, en noviembre de 2015 el juez de Ejecución Penal de San Isidro, Doctor Alejandro David, presentó un habeas corpus colectivo a favor de las madres con niños y embarazadas alojadas en la Unidad 33 de los Hornos, obligando en el acto al Estado a otorgarle el beneficio del arresto domiciliario a 77 mujeres que cumplían condena en dicha unidad con el objetivo de asegurar el interés superior del niño.
La medida generó polémica pero sentó un precedente y abrió un debate digno de promover. ¿Se debe permitir desde el Estado que haya niños creciendo en las cárceles por haber nacido en hogares cuyas madres cometieron un delito? ¿Debemos por ello perdonar el delito o bien podemos analizar otras variantes que permitan garantizar el cumplimiento de la pena sin necesidad de arruinar una vida a tan temprana edad? ¿Qué papel tienen para llevar adelante los servicios locales de niñez?
Representan sólo algunos de los múltiples interrogantes que surgen, sin otro objetivo que buscar las mejores condiciones de desarrollo para los niños y con la necesidad de hacer visible la situación que padecen los menores encarcelados.
Invitamos a incorporar en la agenda pública y legislativa la necesidad de buscar una instancia superadora al encierro para la niñez encarcelada.

(*) Presidente del Instituto Abierto para el Desarrollo y Estudio de Políticas Públicas.