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OMISIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

La UIF denunciará a mil funcionarios policiales

Unos mil funcionarios policiales bonaerenses no oficializaron sus declaraciones juradas de bienes y desde el Ministerio de Seguridad bonaerense se anunció que serán denunciados ante la Unidad de Información Financiera.
Además, se abrirá una investigación sobre posible lavado de activos contra aquellos efectivos que incumplan con el trámite exigido por el gobierno de María Eugenia Vidal.
Por otra parte, a todos los uniformados que no presenten sus declaraciones juradas, se les iniciarán sumarios administrativos y podrán ser suspendidos, según trascendió en la cartera que conduce Cristian Ritondo.
El plazo para hacer la presentación finalizó en la jornada de ayer y unos 1.000 uniformados no cumplieron con el trámite de los 6.340 incluidos en la obligación. Por eso desde el Ministerio de Seguridad se los intimó para que en diez días cumplan con esa exigencia ante el área de Asuntos Internos y la Escribanía de Gobierno.
Además de las sanciones apuntadas, en Seguridad analizan aplicar multas en función de los ingresos de cada policía y cuando sean suspendidos.
La mayoría de los policías que no cumplió el trámite tiene los grados de subcomisarios hasta comisarios mayores. Todos ellos perciben sueldos de entre 27.000 y 50.000 pesos. Sobre estos sueldos, en forma proporcional, se descontarán los días de suspensión.

El decreto
La obligación ya había sido establecida mediante el decreto 116, con fecha del 29 de febrero. Pero luego, la Provincia giró un proyecto a la Legislatura bonaerense. La exigencia no sólo alcanza a policías sino que comprende además a otros funcionarios.
Según ese texto, los funcionarios comprendidos están obligados a la presentación de esta declaración, “aun cuando se desempeñen en el cargo en forma transitoria”, y afecta a la gobernadora, vicegobernador, ministros, secretarios y directores, hasta fiscales de Estado y miembros del Consejo de la Magistratura representantes del Poder Ejecutivo.
También, la medida abarca al personal Superior de la Administración Centralizada y Descentralizada, como así también a efectivos de la Policía y del Servicio Penitenciario “con categoría igual o superior a la de subcomisario o equivalente, o personal de categoría inferior a cargo de una Comisaría”.
Incluye, además, al presidente, miembros del directorio y personal que intervenga en el manejo de fondos públicos de empresas, sociedades y otros entes bajo la órbita o participación del Estado.

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