POLICIALES

Ex cantante de El Otro Yo condenado por violación

La Corte Suprema rechazó un planteo para que le restituyan a su defensor de confianza, apartado durante el juicio por "abandono de la defensa". La Casación porteña debe pronunciarse aún sobre su condena a 22 años de cárcel.

El excantante de la banda El Otro Yo, Cristian Aldana, sufrió un nuevo revés judicial en la causa en la que está condenado a 22 años de prisión por "abuso sexual gravemente ultrajante, con acceso carnal y corrupción de menores" en cuatro hechos.

Aldana, actualmente detenido y a la espera de una resolución de la Cámara de Casación porteña sobre la condena, sostiene que se violó su garantía de defensa en juicio porque su defensor de confianza fue apartado por el tribunal oral número 25, que lo juzgó.

El tribunal, integrado por los jueces Rodolfo Bustos Lambert, Ana Dieta de Herrero y Rodolfo Goerner, decidió apartar al abogado Rodolfo Patiño, quien asistía a  Aldana, por "abandono de la defensa”.

Patiño no estuvo presente en dos audiencias relevantes del juicio alegando razones médicas, por lo que el tribunal entendió que Aldana había quedado huérfano de defensa en circunstancias decisivas del debate.

Ante esa situación, los jueces apartaron a Patiño y proveyeron a Aldana de un defensor oficial, cuyo primer acto de defensa fue pedir el regreso de Patiño, lo que nunca le fue concedido.  

Aldana transcurrió las últimas audiencias del juicio oral en el que finalmente fue condenado exhibiendo un cartel que rezaba: “sin defensa no hay juicio”.

Esa situación llegó hasta la Corte Suprema, mediante un recurso presentado por la defensa oficial de Aldana, a cargo de Cecilia Verónica Durand.

El máximo tribunal, de manera unánime aunque con argumentos diferentes, rechazó el planteo de Aldana, que apuntaba a la reposición de su defensor de confianza para lo que resta de tramitación del expediente.

Los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti sostuvieron que “el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.

Por su parte Horacio Rosatti consideró que  “el recurso de queja, no cumplió con el requisito previsto en el artículo 7°, inciso c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007”, que establece la documentación que debe acompañar quien plantea la apelación.

Aldana está detenido en el penal de Marcos Paz desde fines de 2016.