Femicidio de Rosa Fernández
FUE CONDENADO

El hermano de González, el otro homicida que cumple una pena de 19 años de prisión

En 2004, Andrés González, asesinó a su ex concubina Mónica Alessio, en estado de embarazo, tras apuñalarla a la altura lateral izquierda del tórax, casi por la espalda.

El 29 de diciembre de 2004, Andrés González, hermano del femicida Sandro González, asesinó a su ex concubina Mónica Alessio, en estado de embarazo, tras apuñalarla a la altura lateral izquierda del tórax, casi por la espalda.

En 2006, el Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Junín lo condenó a la pena de 19 años de prisión, por encontrarlo culpable de la muerte de Alessio, de 24 años.

La sentencia fue formulada por los entonces integrantes del Tribunal, los jueces Miguel Angel Vilaseca, Andrés Francisco Ortiz y Rita Gavernet.

En su veredicto mencionaron el acta de procedimiento policial , donde al ser comisionado personal policial de  constituírse en el domicilio indicado, alertados a través de un llamado telefónico, constatan que en el centro de la  calle  se encontraba una mujer, recostada sobre su espalda, siendo su  cabeza  sostenida  por  otra persona, y en el suelo  una  considerable  cantidad  de sangre. Al llegar la ambulancia asisten a la víctima  y la trasladan al hospital local, siendo  informado minutos más tarde que había fallecido, tratándose de Mónica Susana Alessio.

Asimismo, señalaron el testimonio aportado por Carlos Daniel Gil, quien al comparecer al  debate manifestó hallarse a pocos metros del lugar  donde acaeció  el hecho de marras, cuando siendo alrededor de las 22hs., escuchó gritos de chicos, y al mirar  hacia  ese lado pudo ver que Mónica, la ex pareja de González salía de la casa y se arrodillaba en el medio de la calle  siendo rodeada por sus hijos que gritaban. Acude al  lugar y la sostiene de la cabeza, viendo que estaba todo el cuerpo bañado en sangre.  Que  González  estaba con la criatura más chica en brazos, y con una cuchilla en la mano, que es la misma que luego le exhibiera personal  policial.  Que González les gritaba a los chicos textualmente «pendejos de mierda, vengan para adentro», y el hijo mayor de nueve años le decía a éste  « negro borracho  la  cortaste  a  mi mamá», viendo también que González con su celular efectúa un llamado  telefónico. Luego llega la ambulancia y se llevan a Mónica.

Los jueces abordaron el tema de la legítima defensa, ya que el imputado dijo haber actuado de tal manera.

«El mismo imputado lo alega -apuntan-, sostiene que las lesiones que le produjo a la víctima de autos ocurrieron en el marco de la legítima  defensa,  justificante prevista en el art. 34 inc. 6 del Código Penal». Paso seguido, los doctores Vilaseca, Ortiz y Gavernet  estiman que la causal aludida por el imputado, resulta «tan inverosímil que ni siquiera la  defensa  la utiliza  para  fundar  su estrategia».

Como circunstancias atenuantes mencionaron la falta de antecedentes penales, y como agravantes,  la  circunstancia de haberle dado muerte a su  ex concubina  en presencia  de  sus  cinco  hijos menores de edad, y encontrándose ésta embarazada y en total estado de indefensión, produciendo además la muerte del feto.

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