Los presos que quieran utilizar un teléfono celular dentro de algún penal de la provincia de Buenos Aires mientras dure el aislamiento por el coronavirus deberán registrarlo ante las autoridades carcelarias y tendrán que hacerse responsable de "todas las comunicaciones realizadas", según el protocolo que estableció desde hoy el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).
Luego de que el Tribunal de Casación penal bonaerense autorizara el uso de celulares a la totalidad de los detenidos en la provincia, el SPB realizó un protocolo de uso que se pondrá en práctica en cada una de las unidades carcelarias, con el objetivo de facilitar a los detenidos “el contacto con sus familiares y afectos, su desarrollo educativo y cultural y el acceso a información relativa a su situación procesal”.
De acuerdo al documento, cada interno “que ingrese a cualquiera de las dependencias del SPB” deberá registrar “ante el personal a cargo de su recepción” el teléfono celular u otro dispositivo tecnológico del que disponga, a su nombre, “y deberá expresar que este no es producto de la comisión de un ilícito”.
El preso podrá utilizar el celular una vez que se encuentre alojado y “será responsable de todas las comunicaciones realizadas”.
En tanto, las personas que ya se encuentras detenidas y que no cuenten con algún dispositivo pueden solicitarlo por escrito a familiares o allegados, quienes una vez tramitado el pedido podrán llevarlo a la dependencia del SPB que corresponda, y someterlo al mismo tipo de registro mencionado. Según las condiciones de uso establecidas en el protocolo,
las comunicaciones solo podrán realizarse “en los recintos de alojamiento”, “no podrán contar con memoria extraíble” y “en caso de situaciones que puedan afectar la seguridad del establecimiento”, las autoridades pueden solicitar “la interrupción de las comunicaciones”.
Asimismo, “se encuentra prohibido el uso de redes sociales, con excepción de la aplicación WhatsApp” y en caso de que el interno haya sido condenado por delitos vinculados a ellas o por el uso de celulares, “la autoridad penitenciaria podrá inhabilitarle la cámara al dispositivo móvil del que resulte responsable o establecer condiciones de uso específicas para el caso en concreto”.
DURANTE LA CUARENTENA
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