En los Tribunales de Junín, en la mañana de ayer se leyeron los alegatos por el juicio oral y público a Martín Horacio Eder (42), oriundo de Vedia, imputado por “Homicidio culposo calificado y lesiones leves culposas, en concurso real”, por un accidente de tránsito fatal.
El productor agropecuario conducía un auto Audi, cuando impactó de frente con un Peugeot 206 conducido por Manuel Hernández de 19 años, quien perdió la vida en el acto. El hecho ocurrió el 4 de enero de 2015, a las 7 de la mañana, sobre Ruta Nacional 7, a la altura del kilómetro 303.
Tras tres jornadas de debates, una suspendida por falta de un testigo que ayer tampoco se presentó, ya que se mudó a Catamarca, en el piso 6 del edificio de calles Mayor López y Mitre, las partes presentaron los alegatos ante el juez Jorge Cóppola, a cargo del Juzgado Correccional N° 3.
El fiscal Esteban Pedernera solicitó la pena máxima para este caso de cinco años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir vehículos. “La autoría del imputado nunca estuvo en tela de juicio”, expresó. Por su parte la defensa, a cargo del Dr. Darío De Ciervo, en caso de que sea encontrado culpable, pidió una pena de tres años en suspenso.
Durante las jornadas de audiencias, los peritos confirmaron que tanto Eder como Hernández tenían alcohol en sangre, al momento de producirse el siniestro vial.
“Es un homicida”
“El Dr. Mariano Tessone nos permitió entender el antes del hecho, aclarando que Eder había estado en un evento de 150 personas en Finca Las Antípodas donde hubo cata de vino”, dijo Pedernera en su exposición.
Y continuó: “Rodríguez Galván había ido a bailar con Hernández y Campos y regresaban a sus casas. Explicó que un auto sin luces, que circulaba en dirección contraria, se puso en el mismo carril pasando a otro y quedaron enfrentados”.
Por su parte “Campos dijo que Manuel estaba atento a la situación y que no pudo tirarse antes porque había un guardarraíl. Cuando tuvo la posibilidad de ir para la banquina, se llevó el impacto del auto. Luego Rodríguez Galván afirmó que descendió y lo vio a Eder en estado de ebriedad”, agregó.
La testigo Perchante (pareja de Farías) iba como acompañante en un vehículo que fue superado por el Audi. “Ella expresó que los pasó a alta velocidad y siguió en línea recta hasta impactar. Cuando descendieron, lo vieron al imputado que no podía ni hablar”, dijo fiscal.
Y continuó: “Venimos a discutir si Eder es un homicida imprudente (no un asesino) y no si es buena persona o si hace donaciones a Cáritas. Creo que debió ser un juicio de cesura” que se trata de la división del debate en dos partes, una dedicada al análisis de la existencia del hecho y el discernimiento de la culpabilidad y la otra a la determinación de la pena.
“En la segunda audiencia declararon nueve testigos que no aportaron nada a la causa y fue de gusto. Con lo que dijo el perito Barreda, creo que no hay un solo cuestionamiento de la planimetría y el ingeniero Raggio nunca dudó de su trabajo”, declaró.
“La pericia dice que Manuel tenía alcohol en sangre, pero él fue quien hizo señas de luces e intentó ir a la banquina, advirtiendo el auto de frente y la maniobra de Eder, quien nunca intentó volver a su correspondiente carril de la Ruta 7, un corredor bioceánico a una velocidad mínima de 114 kilómetros por hora, según el peritaje”, indicó.
“El comportamiento del imputado es de burla, diciendo que Manuel Hernández le había tirado el auto encima en una actitud de reproche. Faltan políticas de Estado, seguimos con la tolerancia 0,5 de alcohol en sangre y la realidad es que en cada camino hay una estrella amarilla”, subrayó.
“Para mí la víctima es víctima en todo sentido. Martín Eder es un homicida. El máximo de pena que pido de cinco años es lo que me permite la ley, pero creo que no es suficiente. Esto no es un ‘accidente’”, remarcó
El Dr. Mauricio Muñoz, como agravante, sumó la negligencia por “la desconsideración a la vida humana, ya que el imputado nunca se acercó a la víctima o a observar la situación” que había causado. “Otro es la ausencia de arrepentimiento”, dijo
Contradicción de los peritos
En su turno, el abogado De Ciervo, en relación al juicio de cesura, aclaró: “Si somos hombres de ley, la guía es la Constitución y acá el fiscal está equivocado. Lo cierto es que las personas tienen que tener un proceso acusatorio. El proceso de juicio oral está para que el acusado pueda defenderse”.
“Se trató de hacer un proceso de salvataje con la planimetría que no fue suficiente, sobre todo que los peritos oficiales no están pasando un buen momento en la prensa y están siendo criticados. No se pudo determinar el lugar del impacto. Lo cierto es que Saffi y Raggio no tuvieron las fotos de Policía Científica para analizar el lugar”, destacó.
“La Dra. Mollo habla de los requisitos que hay que respetar para que las pruebas sean objetivas, como la cadena de frío de las muestras de sangre que estuvieron tres días en la Comisaría de Vedia y que en gran parte no fueron respetados. La Dra. Huala habla de que no hubo asiento etílico”, aportó.
“Por qué vamos a hablar de velocidad excesiva si desde el punto de vista técnico, Raggio dijo que iba a 114 kilómetros y que, como declaró Saffi, no existe la posibilidad de probarla. Hay contradicción entre las pericias importantes”, afirmó.
“El perito Ponchoni hizo un trabajo pericial con imágenes. Y dice que es imposible haberse marcado el punto de colisión porque los elementos no caen por la fuerza de gravedad de manera instantánea. La colisión se tuvo que haber producido 20 metros antes de lo que se marca la huella”, confirmó.
“No se entiende por qué el particular damnificado no aceptó que se incorporen las imágenes al expediente de un fotógrafo privado. Cuando el perito Saffi aclaró que no pudo decir dónde impactaron claramente, es porque no tiene los elementos al igual que con la velocidad. Por eso, decir que sea un juicio de cesura, en el que se pide una pena, no me parece apropiado”, admitió.
“La fiscalía pedía a su señoría que fuera valiente. Yo pido que sea justo y no valiente aplicando la constitución y el Código Penal que es lo único que nos va a dar justicia”, le exclamó al abogado defensor al juez Cóppola.
“Hablar de negligencia en un caso culposo, solamente la imprudencia puede definir la calificación de este hecho y esto no se puede permitir. Lo que desnudó el particular damnificado es un acto nulo”, explicó.
“La forma de evaluar el comportamiento de las personas es subjetiva y es imposible saber cuál es el proceso interior. Presumir que hay falta de arrepentimiento, eso sí es temerario e inaceptable. Es una interpretación de lo que debe hacer”, opinó.
“Venimos aceptando maniobras de todo tipo. Por qué entonces no debatir. Si las nueve personas no aportaron nada en la audiencia, es porque pasaron 5 años. Yo comprendo el dolor de Perchante. Y no puede haber visto nada desde un auto como acompañante, por lo que no aporta nada a la causa”, aseguró
“Después dijo que había sentido aliento etílico a Eder y no a los chicos a los que los policías les habían sentido. Mollo dijo que el síntoma de ebriedad es muy variable dependiendo de la absorción, la comida, o el peso. En una alcoholemia de 1,2 a 1,5 solo una parte de la población expresa la sintomatología. De 1.5 en adelante, en el 100% se puede apreciar la ebriedad”, recordó De Ciervo.
“Esto se puede considerar cuando el policía le pidió el DNI y datos personales que se los dio, entre otras preguntas que respondió y que caminaba por sus propios medios. Eder se sintió bien y decidió volver. No hace falta demonizar y no hay un solo oficial que le haya sentido olor a alcohol. Además, no está demostrado que no se podía parar y que no podía caminar”, remarcó.
“Tenía 1,8 de alcohol en sangre”
“El joven fallecido tenía 1,8 de alcohol y la autopsia se hizo entre las 11 y 12.30, cinco horas después del accidente. Si tenía 1.8, que según la doctora Mollo está borracho, por lo tanto los testigos mienten o estaban peor que él. Ellos dicen que Manuel estaba bien y en eso es imposible que hayan dicho la verdad”, confirmó De Ciervo.
“Si el fallecido era Campos o Galván, estaríamos en la misma situación, de manera exacerbada pidiendo cárcel. Quizás Eder hoy está con vida por el sistema de seguridad de su coche”, aclaró.
“La falta de aspectos técnicos claros, nos permite pedir la absolución de Martín Eder. Pero sabiendo los reclamos, quiero pedir que se considere una pena con postura subsidiaria. Advierto una exageración innecesaria para el caso e inmerecida”, subrayó.
“Con la incongruencia de los defensores debiéramos pedir la prisión preventiva. Es decir que los dolosos tienen más chances que los culposos y esto no puede ser. No puede ser más liviano el tratamiento del doloso que el del culposo”, dijo.
Atenuantes
“El más importante de los atenuantes es la falta de antecedentes provinciales y nacionales que responde a una criminalización primaria. A un año del suceso, Eder no esperó la discusión legítimamente activa, y no esperó a discutir la mecánica. En ese momento Eder le dio 250 mil dólares (3 millones de pesos) a la familia de la víctima. Por eso me llama la atención tanta exageración”, explicó la defensa.
“Por ejemplo, la Suprema corte de la provincia de Buenos Aires, el 4 de mayo de 2011 tomó como un atenuante la garantía del debido proceso, por el paso del tiempo. En este caso, uno de los testigos se fue a vivir a Catamarca, otros no se acordaban lo vivido hace más de 4 años”, ejemplificó.
“Otro atenuante es la ausencia de indicadores de reincidencia por tratarse de un delito culposo. No hay una apreciación sólida para que los acusadores pidan esa pena. Resulta imposible apartarnos del mínimo, debido a la valuación de atenuantes en el marco del artículo 84 bis como dijo el legislador en una nota en Diario Democracia, en 2018”, exclamó.
“En las redes sociales, por un lado hay reclamos justos, y por otro, agresiones que son dolosas y a lo sumo con violencia. En la postura subsidiaria de este hecho solicitamos que en caso de ser responsable, se otorgue una pena de 3 años en suspenso y no nos agraviaría la misma pena de inhabilitación a conducir”, concluyó.
El veredicto se leerá el próximo miércoles a las 12.30 en el piso 6 de los Tribunales de Junín.
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