Hace instantes el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1, en el marco del juicio por el asesinato de Ludmila Bazán el 21 de diciembre de 2015, resolvió que las pruebas otorgadas por la fiscalía no eran objetivas por lo que no puede aceptar la acusación de “encubrimiento” hacia los tres imputados Alberto Quiñones Chiñolis, Patrocinio Pérez Sanabria y Luciano González Leith.
Esto se debe a que en el momento del hecho, la participación de estos albañiles ocurrió antes de la muerte de la joven Bazán, por lo que se trataría del delito de “coautoría y complicidad”. “La conducta de encubrimiento no puede darse antes del crimen, además que Quiñones y González reconocieron ser parte del hecho”, indicaron los jueces.
Además subrayaron que, según los peritos que declararon, “no hubo apuñalamiento en el domicilio de Caseros, como habían indicado Quiñones y González, pero que sí hubo un desmayo de la víctima producto de un golpe”.
Con este cambio en la carátula se deberá realizar un nuevo juicio oral y público con fecha, lugar y magistrado a designar.
Por su parte, Gustavo Silvestre Núñez Ibarra, continuará detenido con prisión preventiva imputado "homicidio agravado con alevosía y femicidio".
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