El fiscal Javier Ochoaizpuro solicitó al Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 la pena de reclusión perpetua para Alfredo Hamed, por encontrarlo culpable de Homicidio agravado por femicidio, por la muerte de Liliana Ortega y también por el hurto y daño de un vehículo, en concurso real.
Por su parte el defensor oficial Gerardo Doyle, solicitó la libre absolución del imputado porque para él no había pruebas y certezas de que fuera autor de la muerte de Ortega. Subsidiariamente en caso de que se lo acuse de la misma, pidió que la pena sea por el delito de Homicidio Simple, al no cumplirse las condiciones previstas en el Código Penal, para que sea femicidio, al señalar que no está probado el “odio hacia el género”, uno de los requisitos de tal norma para que sea considerado como tal.
Respecto al Hurto y Daño, no manifestó oposición hacia la posición del fiscal Ochoaizpuro, ya que el mismo imputado, en sus declaraciones del martes último, admitió haber cometido dichos delitos al testimoniar en el juicio.
Los jueces del Tribunal Oral del Departamento Judicial Junín darán a conocer su veredicto y eventual sentencia el miércoles 8 de noviembre, a las 12.
“Fue un crimen de odio”
El doctor Javier Ochoaizpuro, en su alegato expuesto en la víspera, manifestó que estaba probado que el 15 de agosto de 2015, siendo las 22.30, en el domicilio de Bozzetti 60, Alfredo Hamed golpeó a Liliana Ortega (madre de su ex novia), quien se resistió y le proporcionó arañazos en el rostro de su atacante.
Aseguró que él la dejó inconsciente, luego la roció con combustible y prendió fuego, con nafta que antes había comprado en la estación de servicio de Papa Hnos.
También el fiscal señaló que el 14 de agosto del mismo año, a las 12.30, Hamed sustrajo un automóvil VW Gol, color blanco, de enfrente de un supermercado chino y se dio a la fuga. Que el día posterior, 15 de agosto, aproximadamente a las 22.30, inició un foco ígneo en el mismo auto, ubicado en inmediaciones de Niñas de Ayohuma y Ameghino, ocasionando su completa destrucción.
Cabe agregar que este vehículo es el que habría usado el imputado para perseguir al novio de su ex novia, ir a la casa de Ortega y tras cometer el asesinato e incendio de la casa, huir hacia un descampado y quemarlo.
El imputado fue reconocido por testigos y por otra parte, en sus declaraciones ante el Tribunal, admitió ser autor del hurto e incendio del auto, pero no del crimen. El fiscal dijo que estas son “verdades relativas”.
Opinó que en sus declaraciones Hamed siempre se hizo la víctima, pero que no hay dudas de dos cosas: la autoría de todo por lo que se le acusa en el presente juicio y los motivos que lo llevaron a ello.
“El motivo fundador y sostenedor del delito es el femicidio, siendo el destinatario una mujer. Fue un crimen de odio, ocasionando la muerte a la víctima, la estranguló, la asfixió y roció con combustible el cuerpo”, manifestó el fiscal.
Recordó que Liliana Ortega y su ex esposo, Carlos Valles, no estaban de acuerdo con la relación entre Belén, la hija de ambos, y Hamed, por diversos motivos, como la diferencia de edad (él era 11 años mayor) y la filosofía de vida entre uno y otro, pero igualmente la habían aceptado mientras duró la misma, aunque luego, cuando la pareja se distanció, se oponían al acoso que Hamed hacía a la joven .
Mencionó la reunión entre Liliana y Hamed, días antes del crimen, y que éste salió enojado por la oposición de la mujer a su actitud, por las molestias que le estaba causando a Belén. “Esta situación de enojo lo llevó a, después, quitar la vida a Liliana”, aseguró el fiscal.
El doctor Ochoaizpuro hizo referencia a varios indicios de culpabilidad como los dichos de testigos, que declararon en el juicio, que vieron a Hamed al lado del auto incendiado, las quemaduras en sus manos y las lesiones en su rostro.
Destacó los testimonios de los peritos Mollo y Doro, que indicaban que las lesiones (rasguños) que tenía en su rostro Hamed pudieron ser realizados por la mujer atacada, en su afán de defenderse.
También resaltó los dichos de Rolandi, Meloni y la hija de la víctima, Belén Valles, que hacen referencia a haber visto el VW Gol blanco, rondando por el lugar del hecho, que probarían también que él lo utilizó para ir a la casa donde cometió el crimen, luego huyó en él y lo incendió.
Apuntó el testimonio del empleado de la Estación de Servicio Papa Hnos. que vio al imputado comprar nafta, cuando él generalmente adquiría diesel (para su camioneta)
En opinión del fiscal, Alfredo Hamed quiso “despojarse” de Liliana Ortega, matándola; del auto que lo incriminaba, incendiándolo, y luego se bañó. “Estaba perfectamente afeitado (cuando lo encontró la policía) y así borró los rastros de ADN de quien fue su víctima”, apuntó Ochoaizpuro.
Respecto al perfil psicológico de la personalidad del acusado, manifestó que la licenciada Mirta Bruno la catalogó como reactiva, que actuaba por impulso y que él bien sabía que la mamá de Belén se oponía a la relación.
También hizo referencia a los dichos en su contra por parte de su ex mujer (madre de sus tres hijos) y de su ex suegra, y del incendio al auto de un inspector municipal, que habría ocasionado años atrás. Habló de los dichos de Belén, en el juicio, quien aseguró haber sido perseguida, amenazada de muerte y secuestrada; los de Carlos Valles, padre de Belén, cuando mencionó que Hamed le había manifestado que si él quería pagaba 200 pesos a alguien para quemarle el auto a Belén.
Por todo esto, el fiscal encontró debidamente acreditada la responsabilidad penal del imputado, en el Homicidio agravado por Femicidio, en concurso real de hurto y daño del auto, por lo cual solicitó una pena de Reclusión perpetua.
“No se lo puede condenar por su historia de vida”
El defensor oficial Gerardo Doyle, al inicio de su alegato preguntó qué estaba acreditado en el debate, con respecto a su defendido Alfredo Hamed, que fuera una certeza.
Al respecto, atento que él mismo confesó haber cometido el hurto y el daño, lo dio por probado pero no así el homicidio.
“En derecho penal, no se lo puede condenar por su historia de vida, más allá de los indicios”, dijo.
En cuanto a la historia de vida, ventilada en este juicio oral por la ex mujer y la ex suegra, el defensor apuntó que las denuncias estaban archivadas
Sobre los motivos expuestos por el fiscal, para el doctor Doyle no eran tan así, puesto que Belén tenía buena comunicación con la madre y dijo que esta última no se oponía a la relación con Hamed, mientras duró.
“Por el contrario, Carlos Valles, el padre de la joven, sí mencionó su desacuerdo, pero evidencia animosidad contra mi pupilo y se refirió a hechos que le habían sucedido a él, no a Liliana Ortega”, aclaró.
“En cuanto al incendio en la casa de la víctima, según el defensor, se da por supuesto que fue intencional, que derramaron nafta, pero esta afirmación carece de todo fundamento científico, porque no se encontró el elemento que lo causó, y que si hubo algún elemento, fue destruido por el incendio, por lo tanto no hay pruebas”, dijo.
El defensor dijo que si se hubieran hecho las pericias correspondientes hubieran podido encontrar huellas como que pueden ser las que generalmente quedan en el techo y en el piso, que se ondula por la acción del combustible, pero no se halló.
Sobre declaraciones del empleado de la Estación de Servicio a la que compró la nafta, el doctor Doyle preguntó: “¿Hamed iría a una estación de servicio que siempre concurre y que conoce a todos los playeros para comprar nafta a fin de cometer un ilícito?”.
En conclusión el defensor dijo que no había indicios que probaran que el incendio en la casa de Ortega se inició con nafta, y que no se halló rastros de ADN de la víctima en las ropas de Hamed. Que no estaba acreditado tampoco que el auto que decían haber visto los vecinos cerca de la vivienda de Ortega fuera el mismo que él sustrajo, puesto que dijeron que aquel tenía vidrios polarizados y el hurtado por Hamed no los tenía. Aclaró que el auto VW Gol es uno de los más vendidos en Argentina, por lo cual podrían ser autos similares, pero no el mismo.
Por otra parte, afirmó que “nadie vio al imputado entrar a la casa de Ortega, ni en las cercanías”, al momento del hecho.
Para el defensor, no hay certezas de que sea él el autor del homicidio, por lo cual solicitó su libre absolución.
En subsidio de que se lo encuentre culpable de la muerte, el defensor pidió que se considere al delito como Homicidio simple, porque no fue un femicidio, puesto que no se hizo basado en el odio al género. “No se probó ese odio, que sería el requisito contemplado en el inciso 11 de la ley que habla de Femicidio, mencionado por el fiscal. No hubo violencia de género”, afirmó.
Además, aseguró que no está acreditada la mecánica de la muerte, es decir la estrangulación.
Dijo que la condena de prisión (o reclusión) perpetua era inconstitucional y contrario a los pactos internacionales que refieren al tema.
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