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Las corporaciones, el poder y el Estado

Leía recientemente, que además de los seres humanos, ciertas especies animales son conocidas por exhibir una fuerte organización social “corporativa”, siendo el más emblemático, el caso de los pingüinos (Murchison, Carl Allanmore y Warder Clyde Allee (1967). “A handbook of social psychology”, Volume 1, p. 150). La curiosidad me llevó a tratar de indagar la relación que podía existir entre los pingüinos y las corporaciones. Y esto, me indujo a reflexionar sobre la relación entre estas últimas y el poder, cuestión que en estos tiempos está sumamente difundida y discutida.  
¿Qué entendemos por “corporación”? Sin pretender dar una definición taxativa, en términos generales podemos decir que se trata de organizaciones formadas por individuos que se agrupan en virtud de tener intereses afines, a efectos de la obtención de un objetivo común. Así las sociedades comerciales, los sindicatos, las cámaras empresarias, las organizaciones religiosas son corporaciones. Estas, se encuentran reguladas y protegidas por el derecho, y su existencia no debe ser juzgada necesariamente como algo disvalioso. 
El poder, que se lo puede definir como la posibilidad de imponerle la propia voluntad al comportamiento de otra persona, es analizado por John Kenneth Galbraith en su medulosa obra “La anatomía del poder”, donde sostiene que son tres los caracteres del poder, el “poder condigno”, que se ejerce anteponiendo al deseo de otra persona, una alternativa lo suficientemente gravosa, como para hacerlo desistir del mismo. Luego lo que denomina “el poder compensatorio”, en el cual, quien lo ejerce impone su voluntad mediante una recompensa, y por último, el que identifica como “poder condicionado”, que se articula modificando las convicciones o creencias del sujeto sobre el cual se ejerce. Destaca que en los dos primeros casos, el individuo que se somete, tiene conciencia de su sumisión, pero en el último, quien es sometido, no lo advierte.
Detrás de estos tres instrumentos, encuentra respectivamente, las tres fuentes para ejercer ese poder, que son, la personalidad, la propiedad y la organización. Es ahora cuando debemos preguntarnos si es legítimo organizarse para, mediante el poder que esto nos da, buscar un objetivo común y defender un interés propio, o si es repudiable conformar una corporación a esos fines, y en su caso, porque es tan criticable a nivel coloquial, “el poder corporativo”. 
La finalidad del Estado democrático y pluralista, es la obtención del bien común y la defensa irrestricta del interés general. El objetivo primordial de las corporaciones es lograr el bien particular y la defensa de su interés corporativo. Como se ve, tanto la organización estatal como la corporativa tienen diferentes objetivos, y en ambos casos son legítimos. No se nos escapa, la natural conflictividad que muchas veces puede surgir entre la búsqueda del interés sectorial o individual y el logro del bien común, pero para ello prevalecerá el orden jurídico, los acuerdos sociales fundamentales, los procesos para la toma de decisiones, y el consenso. Así, cuando el interés corporativo se aleja o contrapone al interés general, el Estado es quien tiene que intervenir, y por medios democráticos, hacer que prevalezca el bien común. 
Existen muchas causas para que grupos políticos de diferente ideología, sean críticos acérrimos de las corporaciones, utilizando el término “régimen corporativo”, o similares, para identificar a las políticas tendientes a favorecer a los grupos económicos empresariales, sindicales, etc. Pero, ¿Por qué esto es así?
En primer lugar está el pensamiento individualista, y también el relativismo ético, que se pronuncian abiertamente en contra de la existencia de las sociedades intermedias, y que sólo reconocen como sujetos de la política, al individuo y al Estado. En el otro extremo, las ideas colectivistas, especialmente el comunismo, que interpretan que el motor de la historia es la lucha de clases, motivada por el conflicto de intereses antagónicos e incompatibles, entre la burguesía y el proletariado, Dado que pretenden establecer una sociedad sin clases, aboliendo la propiedad privada y suprimiendo el Estado, las corporaciones resultan totalmente antagónicas a la revolución que pregonan.
Por otra parte, quienes se pronuncia a favor del llamado “estatismo”, critican a las “corporaciones”, por entender que conforman un sistema, donde los grupos económicos presionan al poder gubernamental para obtener sus objetivos, mientras los llamados “privatistas” consideran que es el intervencionismo estatal el que permite a los grupos, la satisfacción de sus intereses facciosos.
Ahora bien, dentro de los diferentes pensamientos enfocados hacia la organización del Estado, el llamado “corporativismo”, pretende organizar la sociedad, a través del funcionamiento de corporaciones o gremios, diferenciados por su actividad profesional. La participación política se efectiviza mediante la actuación de los individuos en las corporaciones. En el sistema corporativo no hay partidos políticos, sino que los ciudadanos solo pueden participar en política desde la actividad económica que desarrollan en la sociedad. El Estado está conformado por corporaciones, y la representación de los ciudadanos se sustituye por la de los grupos de interés. 
Esta concepción, difiere de la democracia pluralista, donde el representante electo, está llamado a tutelar los intereses de la sociedad civil y no los intereses particulares de una actividad profesional particular. Los ciudadanos deben ser representados por ciudadanos, que no se distinguirán entre ellos por el oficio que desempeñan, ni por el interés que defienden, sino por compartir los proyectos o modelos, que consideran más aptos para el interés de toda la sociedad.
Se puede utilizar también el término "corporativismo" para describir el proceso por parte de un gobierno, para cooptar, reglamentar e incorporar organizaciones sociales, religiosas, económicas o populares, y hacerlos depender del partido gobernante. Así como también, cuando el gobernante se fija como una de sus misiones primarias la acumulación de poder, y lo disfraza con la supuesta defensa del Estado. Estos regímenes corporativos, enfrentan e intentan dominar a los demás poderes de la república (judicial y legislativo), ya que su norte suele ser la perpetuación en el poder. 
En nuestro país, existieron proyectos de carácter corporativo. En 1930 el primer gobierno de facto, encabezado por José Félix Uriburu, inspirado en la ideología fascista propició la reforma de la Constitución y de la ley electoral, pretendiendo instaurar un sistema de tipo corporativo, conforme surge del Manifiesto Público de fecha 1 de octubre de 1930.
El golpe de Estado de 1943, también sigue la línea trazada por Uriburu, y con la llegada de Perón a la presidencia de la Nación, queda configurado un nuevo esquema de poder de tipo corporativo. Para las elecciones de 1946, Perón había logrado aglutinar a importantes factores de poder tras su candidatura, la CGT, las Fuerzas Armadas, la Iglesia, y grupos empresarios de industriales, productores y comerciantes. El triunfo electoral contribuyó de este modo a instaurar un tipo particular de corporativismo. Perón unifica los partidos que lo apoyaron, creando el Partido Peronista, la CGT se convirtió en la “columna vertebral” del movimiento, y dos de sus dirigentes, fueron designados ministros. El corporativismo se intensificó cuando se creó la Confederación General Económica, agregando a la interdependencia del Estado, a la Confederación General de Profesionales, la Confederación General Universitaria y la Unión de Estudiantes Secundarios. Es importante destacar que los modelos corporativistas imponen una fuerte intervención estatal para dirigir sus políticas. 
En definitiva, la pregunta clave es a mi juicio: ¿Cuáles son los aspectos más negativos de las corporaciones, o del corporativismo?
Cuando los grupos de interés se incorporan al proceso de decisión e implementación de las políticas públicas, cuando las corporaciones “colonizan” el poder, o bien cuando esas organizaciones pasan a ser controladas por el gobierno de turno, o están subordinadas al partido oficial, es cuando resulta justificable la crítica a las mismas. También cuando el Estado organiza, subordina o controla a las corporaciones, como en muchos casos a la mayoría de los medios de comunicación que oficialmente no son de su propiedad, con un objetivo de represión y dominación, se configura una forma de “corporativismo”, que resulta repudiable, y sólo cuando no existe compromiso ni dependencia entre ambos, el vínculo es autónomo y democrático.
Hay muchos gobiernos que se pronuncian vehementemente contra las corporaciones, y las califican de verdaderos enemigos del Estado y del pueblo. Sin embargo, en la práctica sólo combaten a algunas de ellas, para poder redistribuir el poder, nunca a favor del interés público, sino para favorecer a los grupos o sectores aliados o afines a sus objetivos políticos o sectoriales. En definitiva se trata de lo que podría denominarse corporativismo estatal, que no es otra cosa que el control autoritario del Estado sobre las organizaciones, para someterlas a su dominio. Esto implica el control tanto de los diferentes sectores sociales como de las relaciones económicas. En síntesis, esos gobiernos pretenden una integración vertical de todos los grupos de interés, y su subordinación al Estado. Asimismo buscan fragmentar a la sociedad con el fin de debilitar a los sectores que se le oponen. Nos encontramos en este caso con el peor de los corporativismos, porque es profundamente antidemocrático y antipluralista y asegura una estructura piramidal en el ejercicio del poder estatal.

(*) Abogado

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