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OPINIÓN

Los desafíos de legislar en línea

En Argentina, como en todo el mundo, nos debatimos sobre cómo mantener actividades indispensables sin que esto suponga poner en riesgo la vida de las personas que tienen que llevarlas adelante. 
En nuestro sistema republicano y democrático es clave el funcionamiento de las instituciones legislativas que se debaten por estas horas entre la legalidad, la practicidad y la implementación de tecnologías.
Diversos aspectos son fundamentales a la hora de analizar la situación. En primer lugar, no se trata de virtualizar las sesiones sino de realizarlas en pleno ejercicio de las potestades para las cuales están facultados los legisladores desde el lugar donde se encuentren. 
Es necesario entonces pensar las reglas a fin de adaptar las condiciones del quorum y la aprobación de las leyes para evitar en la medida de lo posible cualquier judicialización que pueda sobrevenir. Como bien dijo la Corte Suprema de Justicia, el Poder Legislativo tiene todas las facultades para modificar y aplicar su reglamento.
Desde Fundación Vía Libre nos oponemos sistemáticamente al voto electrónico, sin embargo, no vemos problema en que, tomadas las medidas de seguridad apropiadas, se pueda votar una ley de manera remota. ¿Por qué? Por una diferencia sustantiva y esencial: el voto de los legisladores es público, no secreto como el de la ciudadanía.
Con una condición menos que cumplir, lo que se debe asegurar es la integridad y seguridad de ese voto, teniendo como garantía además el hecho de que un legislador podrá corroborar debidamente que su voto es contado como efectivamente se emitió.
Un aspecto clave a tener en cuenta es la jurisdicción de la sesión. Poco se habla de esto y es uno de los temas más importantes a la hora de analizar la soberanía tecnológica de un país: la jurisdicción de aquello que ocurre en línea. 
Es por esto que la recomendación central en esta materia es no ceder jurisdicción a un Estado extranjero a través de la utilización de plataformas privativas localizadas en otros países. En esos casos, la jurisdicción de la sesión quedará comprometida y bajo el mandato de ley extranjera.
Argentina cuenta con infraestructura apropiada y desarrollos informáticos a la altura de las necesidades, por lo que la recomendación es que se realice con sistemas libres, abiertos y bajo jurisdicción argentina y que cualquier adquisición de tecnologías para este fin se haga con criterios de estricta evaluación de necesidad, austeridad y transparencia.
Es clave revisar la seguridad de los sistemas de identificación, ya que las aplicaciones conocidas hasta el momento no cumplen con estándares suficientes en la materia. El Estado argentino no se ha caracterizado por desarrollar aplicaciones confiables en los últimos años. La aplicación MiArgentina no es la excepción en ese sentido.
De esta manera, la seguridad final de la sesión estará dada por el método más analógico posible: la confianza pública, la responsabilidad y el deber de cada legislador y cada legisladora de respetar y aceptar la voluntad del voto mayoritario, evitando generar escándalos y operaciones impropias del momento crítico por el que estamos atravesando.


(*) Licenciada en Comunicación Social, magíster en Propiedad Intelectual de FLACSO y presidenta de la fundación Vía Libre.

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