El Senado uruguayo aprobó ayer, con el voto favorable de 17 legisladores sobre 31 presentes, la ley de interrupción voluntaria del embarazo que posibilitará despenalizar el aborto en determinados casos, con algunos requisitos y plazos.
La norma fue apoyada por 16 legisladores del gobernante Frente Amplio (FA) y por el senador Jorge Saravia, del opositor Partido Nacional (PN), y para convertirse en ley requiere de la promulgación del Poder Ejecutivo y una posterior reglamentación. El presidente, José Mujica, anticipó que no vetará la legislación, lo que sí hizo su antecesor, Tabaré Vázquez, quien en noviembre de 2008 dejó sin efecto una ley similar.
El texto de 15 artículos aprobado ayer establece que la interrupción del embarazo no será penalizada si se realiza antes de las 12 semanas de gravidez. Para acceder a esa práctica, la mujer deberá cumplir una serie de requisitos, como acudir a una consulta médica ante una institución del Sistema Nacional Integrado de Salud, para que un equipo interdisciplinario evalúe la situación.
Luego, tendrá cinco días para ratificar su decisión mediante la firma de un consentimiento informado, que junto a otros datos quedará asentado en un registro oficial. También está previsto el aborto cuando la gestación "fuera producto de una violación acreditada con la constancia de la denuncia judicial, dentro de las catorce semanas de gestación".
En relación a las menores de 18 años y las declaradas incapaces, si no tienen el consentimiento de sus responsables deberán presentarse ante el juez, quien será el que autorice el procedimiento.
La objeción de conciencia para realizar la práctica, por parte del personal de salud, también está prevista en la norma, que si bien ya concluyó el trámite parlamentario, sigue generando posturas encontradas en la sociedad uruguaya.
"Esta ley no despenaliza el aborto, porque lo mantiene como delito en el Código Penal", aseguró Alejandra López, codirectora de la organización no gubernamental uruguaya Mujer y Salud. Lo que hace, agregó, "es suspender la aplicación de las penas previstas, siempre y cuando la interrupción del embarazo se produzca en las condiciones restrictivas que plantea la legislación".
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