Oficializan los cambios en el monotributo.
Oficializan los cambios en el monotributo.
CAMBIOS

Monotributo: cómo quedan las escalas tras la reglamentación

Fue publicado en el Boletín Oficial el decreto que oficializa las modificaciones aprobadas en el paquete fiscal.

A través del Decreto 661/2024, el Gobierno de Javier Milei reglamentó los cambios aprobados en el paquete fiscal del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o Monotributo. 
Con los cambios, se elevan los montos de facturación significativamente y las actualizaciones se harán en enero y julio.

Además de los aumentos en los montos de facturación, que van del 201% al 301% según la categoría, el decreto establece que la AFIP “efectuará las actualizaciones dispuestas (…) en los meses de enero y julio de cada año considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC.

Y otro de los puntos sobresalientes de la normativa afirma que “si las personas habían renunciado al Régimen, pero continúan con su actividad, podrán volver a adherir al RS en cualquier momento -en la medida en que cumplan con ciertas condiciones exigidas- en la categoría que les corresponda, sin los beneficios”.

Por otra parte, el decreto dispone que cuando de la proyección anual “surja que el sujeto queda excluido del régimen, por haberse superado los límites máximos aplicables, el pequeño contribuyente permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), debiendo encuadrarse -hasta la próxima recategorización semestral-, en la Categoría K”.

Categoría por categoría

Estos son los aumentos en los montos de facturación de acuerdo con la categoría.

Categoría A: pasará de $ 2.108.288,01 a $ 6.450.000 lo que representa un alza de 206%

Categoría B: pasará de $ 3.133.941,63 a $ 9.450.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría C: pasará $ 4.387.518,23 a $ 13.250.000 lo que representa un alza de 208%

Categoría D: pasará de $ 5.449.094,55 a $ 16.450.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría E: pasará de $ 6.416.528,72 a $ 19.350.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría F: pasará de $ 8.020.660,9 a $ 24.250.000 lo que representa un alza de 203%

Categoría G: pasará de $ 9.624.793,05 a $ 29.000.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría H: pasará de $ 11.916.410,45 a $ 44.000.000 lo que representa un alza de 270%

Categoría I: pasará de $ 13.337.213,22 a $ 49.250.000 lo que representa un alza de 269%

Categoría J: pasará de $ 15.285.088,04 a $ 56.400.000 lo que representa un alza de 269%

Categoría K: pasará de $ 16.957.968,71 a $ 68.000.000 lo que representa un alza de 301%

El detalle de cada categoría puede verse en el siguiente cuadro, extraído de la web de la AFIP:

 

Además de incrementarse los montos de facturación, también aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. La cuota impositiva aumenta entre el 278% y 510%;  la de seguridad social entre el 212% y 343%, y la de obra social entre 212% y 214%.

Sumando todos los parámetros, las cuotas a pagar irán de $ 26.600 (categoría “A”) hasta $ 280.734 (categoría “H”). Actualmente, los montos van de $ 12.128 a $ 66.111. 

 

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