Ley Bases: 100.000 empleados públicos de planta, en la mira del Gobierno
MEDIA SANCIÓN

Ley Bases: 100.000 empleados públicos de planta, en la mira del Gobierno

El personal podrá pasar a disponibilidad y luego ser despedido. Estudian una reestructuración.

“No vamos a echar a ningún empleado de carrera del Estado, serán reasignados a áreas donde sí sean necesarios”. Al igual que otras promesas, el programa electoral de la Libertad Avanza fue cambiando con el pasar de los meses y de la consigna inicial de eliminar “cargos políticos”, el Gobierno pasó primero la “motosierra” sobre 20.000 empleados contratados, luego recortó las horas extras y ahora puso la mira en el personal de planta permanente.

Así se desprende del capítulo IV sobre “empleo público” del proyecto de Ley Bases que Diputados aprobó el martes con 138 votos a favor, 113 en contra y 1 abstención. Un apartado que flexibiliza las condiciones de estabilidad fijadas en la ley marco de regulación de empleo público de 1999 e integra la reforma de Estado con la que el oficialismo busca “reducir el sobredimensionamiento” del sector público, dotar al Ejecutivo de mayores facultades para reorganizar la administración nacional y privatizar empresas estatales.

Según el artículo 52, “el personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas; o de reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses”.

Luego, los empleados en situación de disponibilidad deberán recibir capacitación o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado, y “cumplido el término de disponibilidad, sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública nacional”, con derecho a una indemnización “igual a 1 mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses”.

Por otra parte, según la iniciativa, “el personal podrá ser intimado a iniciar los trámites jubilatorios cuando reúna los requisitos exigidos para obtener la jubilación ordinaria”, impidiendo que sigan percibiendo sus sueldos hasta percibir su primer haber, cuando hoy pueden continuar prestando servicios por un año hasta completar los trámites previsionales.

Asimismo, se endurece el régimen de apercibimiento o suspensión hasta 30 días por incumplimiento reiterado del horario e inasistencias injustificadas que ahora no podrá exceder los 5 días discontinuos en un lapso de 12 meses inmediatos, cuando antes el tope era de 10 días, mientras que en el caso de los causales de despido, también se reducen de 10 a 5 las inasistencias injustificadas en los 12 meses inmediatos anteriores.

Por último, la reforma implica un duro golpe a los gremios estatales (ATE y UPCN) al restringir el descuento de la cuota solidaria solo a los afiliados, un cambio que fue excluido en la reforma laboral para el sector privado. Y también se descuentan los haberes en forma proporcional a los días de huelga, una medida cuya aplicación generaba tensión y ahora se reglamenta.

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