La ONU pidió a Milei que no imponga restricciones indebidas al derecho a la libertad de reunión pacífica".
MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

El protocolo anti-marchas de Bullrich es ilegal para la ONU

Las medidas de la funcionaria fueron objetadas por la Organización de Naciones Unidas, que además reclamó al gobierno de Javier Milei que revise las disposiciones porque no son compatibles con los estándares internacionales y vulneran el derecho a la protesta.

La segunda gestión de Patricia Bullrich frente del Ministerio de Seguridad se basó, hasta ahora, en protocolo anti-manifestaciones, una resolución para cobrarles "multas" a las organizaciones sociales y un proyecto de ley que busca criminalizar a quienes participen de protestas o las organicen. 

Estas decisiones no cayeron bien en la Organización de Naciones Unidas (ONU), donde tres relatores especiales le reclamaron al gobierno de Javier Milei que revisara las disposiciones porque no son compatibles con los estándares internacionales y le aconsejaron que "no imponga restricciones indebidas al derecho a la libertad de reunión pacífica".

El pasado martes llegó una comunicación firmada por los relatores Clement Nyaletsossi Voule (Libertad de reunión pacífica y de asociación), Irene Khan (Promoción y Protección del derecho a la libertad de opinión y expresión) y Mary Lawlor (Situación de los defensores de Derechos Humanos), cuyo texto recién se hizo público el viernes a través de un tuit de Voule, el relator que ya había irritado a Bullrich cuando criticó el protocolo anti-manifestaciones.

Naciones Unidas desmenuzó artículo por artículo el protocolo que Bullrich puso en práctica por primera vez el 20 de diciembre pasado y que viene fallando porque no logra –a pesar de la saturación y de la parafernalia policial– impedir que los manifestantes corten las calles para hacerse escuchar. No hubo ni una sola ponderación positiva. En el ministerio de Seguridad optaron por el silencio frente a las consideraciones de la ONU.

"El derecho a la reunión pacífica, junto con otros derechos conexos, constituye el fundamento mínimo de un sistema de gobierno participativo basado en la democracia, los derechos humanos, el respeto de la ley y el pluralismo", afirmaron los tres expertos que enviaron la comunicación al Estado argentino.

La criminalización

Los relatores le recordaron a Bullrich la Observación General 37 del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que es el órgano que vigila la aplicación del Pacto de Derechos Civiles y Políticos. Ese pacto, en la Argentina, tiene rango constitucional. Ese documento sostiene, a contramano de lo que dice la ministra de Seguridad, que "las reuniones pacíficas pueden promover ideas u objetivos polémicos que pueden causar perturbaciones, por ejemplo, a la circulación de vehículos o peatones o la actividad económica".

La interrupción del tráfico no constituye violencia –remarcan– y únicamente se habilita a las fuerzas de seguridad a dispersar a los manifestantes si hay una amenaza inminente de violencia grave. "Los estándares internacionales prevén que la sociedad toda pueda enterarse de las demandas de quienes ejercen este derecho, y subrayan que la libertad de reunión pacífica es un derecho, no un privilegio", subrayaron.

Bullrich caracterizó las protestas y los cortes de calle como un delito flagrante, que permite la actuación de las fuerzas de seguridad sin que haya una orden judicial. Sin embargo, la ONU le respondió que podría "estar en presencia del fenómeno de criminalización de la protesta social a través del uso del derecho penal". Para los expertos, "considerar toda reunión como violenta o delictiva ex ante es una decisión contraria al estándar internacional".

Y explicaron que "la obligación de los agentes encargados de hacer cumplir la ley en una reunión no consiste primariamente en controlarla o restablecer el orden; su obligación inicial y principal es facilitar la protesta pacífica y el ejercicio de los derechos que en ella confluyen".

En otro apartado, los relatores evaluaron que la decisión del Ministerio de Seguridad de identificar manifestantes, organizadores, transportes e incluso transportistas podría afectar la garantía procesal de presunción de inocencia. "Se debería permitir el anonimato de los participantes, a menos que su conducta ofrezca motivos razonables para su detención", fundamentaron.

Los referentes de la ONU también repararon en dos de los ejes que más le interesan a Bullrich: la presencia de niñas, niños y de migrantes. Según el protocolo, si una persona migrante es parte de una protesta, las autoridades pueden dar aviso a Migraciones. Para la ONU, es una medida discriminatoria. "Todos tienen el derecho de reunirse pacíficamente: tanto los ciudadanos como los no ciudadanos. Lo pueden ejercer, por ejemplo, los ciudadanos extranjeros, los migrantes (documentados o indocumentados), los solicitantes de asilo, los refugiados y los apátridas", recordaron.

Sobre la presencia de niños, niñas y adolescentes en manifestaciones, los expertos de la ONU enfatizaron que el Estado argentino debe permitir que puedan ejercer su derecho a reunirse pacíficamente y tiene la obligación de concientizar a los funcionarios sobre las necesidades específicas de personas o grupos en situación de vulnerabilidad.