ACUERDO CON ARMANDO CAVALIERI

Comercio: el gremio adoptará el sistema Milei para indemnizaciones

Casi en forma simultánea con la protesta de la CGT contra el DNU de Javier Milei ante el Palacio de Tribunales, el líder de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), Armando Cavalieri, estuvo reunido con la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el secretario de Trabajo, Omar Yasín, y logró la promesa de que se corregirá un artículo de la reforma laboral que afectaba las cuotas solidarias que pactan sindicalistas y empresarios en los convenios. Y, además, le confirmó que en enero incluirá en su convenio un nuevo sistema de indemnizaciones previsto en el DNU con la creación de un Fondo de Cese Laboral como el de la UOCRA.

Pettovello dio la noticia en las redes sociales: “El gremialista expresó su adhesión a la figura Fondo de Cese, incluida en el DNU 70, que establece un sistema de cobro de indemnización inmediato y justo a fin de poder hacer frente a futuros despidos. Una promesa de campaña de Javier Milei que hoy es realidad”, publicó en X. Y agregó: “Lo único que nos interesa es que la gente tenga trabajo”.

En diálogo con Infobae, Cavalieri afirmó: “Hace rato que venimos negociando con las cámaras, que mantienen una discusión por el aporte. Hay cámaras que quieren poner menos plata y cámaras que quieren poner más. Conjugar todas esas cosas nos lleva trabajo. Pero nosotros estamos cerca de llegar a un arreglo y eso fue lo que le dijimos a la ministra (Pettovello)”.

El nuevo sistema indemnizatorio figura en el artículo 81 del DNU, que sustituye el artículo 245 de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo, y contempla lo siguiente: “Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable. 

Por su parte, los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo”.

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