El ministerio de Economía publicó este jueves una resolución que incrementa las tasas que deben pagar los contribuyentes que se atrasan con sus obligaciones tributarias, pero al mismo tiempo mantuvo la que paga la Afip a quienes reclaman atrasos en devoluciones o reintegros de parte del organismo recaudador. La resolución 559/2022 deroga un norma anterior (la 598 de 2019) que ataba las tasas que debían pagar los morosos a una proporción de la tasa que se abonaba por los plazos fijos a 180 días en el Banco Nación y se actualizaba cada 3 meses, Ahora, a partir del 1 de septiembre la tasa será la establecida de manera fija por esta norma.
La tasa resarcitoria impositiva y aduanera, que actualmente es de 4,25% mensual, desde el mes que viene subirá a 5,91%, más de un punto. La tasa punitoria impositiva y aduanera pasará de 5,19 a 7,37%, una suba aún mayor. Cuando estas deudas sean en dólares, la tasa de 2019 se mantiene en 0,83% para en caso de resarcitorias y 1% para punitorias.
Ahora, en el caso de los punitorios que debe pagar la AFIP si no cumple con los plazos estipulados para hacer los reintegros que fija la ley, la tasa no se incrementará. Esto quiere decir que, mientras que se endurecen las condiciones para aquellos contribuyentes que se atrasan en sus obligaciones, a la hora de cobrar las deudas que tiene con la AFIP, descapitalizan al contribuyente.
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