La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó dictar una medida cautelar contra el cobro del Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas establecido por una ley del Congreso Nacional en el marco de la pandemia por el nuevo coronavirus.
La Sala IV de la Cámara aclaró que la negativa no implica expedirse sobre la “cuestión de fondo” de la demanda promovida por NFI, que consiste en la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.605 y los decretos presidenciales y resoluciones generales afines.
La decisión firmada por los camaristas Rogelio Vincenti, Marcelo Duffy y Jorge Morán coincidió con lo decidido en primera instancia, que se opuso al dictado de la medida precautoria porque no se habría acreditado la existencia de un daño de imposible reparación.
NFI, quien según la demanda padece una discapacidad por “una enfermedad hereditaria de la vista y que le impide realizar una vida normal”, sostuvo que el aporte solidario es asimilable al Impuesto sobre los Bienes Personales y que su aplicación conjunta es “confiscatoria y excesivamente gravosa”.
El demandante afirmó que el cobro de ambos gravámenes “supera los límites razonables de imposición, en desmedro de su derecho de propiedad” y puntualizó que “la obligación total del Aporte Solidario y del Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2020 absorbe más del 68,32% de la renta gravada”.
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