El juez de ejecución Ricardo Basílico le concedió ayer la libertad condicional al ex vicepresidente Amado Boudou, quien ya cumplió las dos terceras partes de su condena de cinco años y diez meses de prisión por la venta de la imprenta Ciccone Calcográfica.
Así lo supo NA de fuentes judiciales, que indicaron que ahora Boudou podrá salir de la prisión domiciliaria. La decisión del magistrado se dio luego de que la Cámara Federal de Casación Penal avalara días atrás la reducción de la pena por los cursos que realizó el ex vicepresidente y ex ministro de Economía durante su detención.
Desde comienzos de abril de 2020 el ex ministro de Economía, condenado en el marco de la causa Ciccone Calcográfica, cumple prisión domiciliaria en su departamento del barrio porteño de Barracas.
El fiscal Marcelo Colombo había dictaminado el pasado viernes a favor de concederle la libertad condicional al ex funcionario nacional, condenado a cinco años y diez meses de prisión, y ahora esa postura fue avalada por Basílico.
La Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal remitió un informe socioambiental al juez en las últimas horas en el que sostuvo que Boudou se mostró colaborador en la entrevista con los expertos y manifestó su voluntad de idear un proyecto laboral y económico basado en su profesión.
El pasado viernes, la libertad condicional de Boudou recibió el visto bueno incluso del fiscal del caso, Marcelo Colombo, y en función de ello es que se la otorga el juez, quien tiene la ejecución de la pena desde febrero y, según aclaró en su fallo, si hubiese sido por él, no la otorgaba.
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La fiscalía valoró que “su comportamiento fue acorde a lo esperado respecto del régimen de prisión domiciliaria, por lo que la solución debe ser consecuente con todo ello, y no advirtieron de momento elementos que obstaculicen la incorporación al régimen”, según recordó el magistrado.
“Si bien coincido en cuanto a que el requisito temporal que requiere el beneficio se encuentra cumplido y los informes de los distintos organismos especializados intervinientes son positivos, en casos como el aquí planteado, debe también sumarse otro parámetro de análisis, conforme lo establecido por el artículo 30 -punto 5- de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción: “ ...cada Estado Parte tendrá en cuenta la gravedad de los delitos pertinentes al considerar la eventualidad de conceder la libertad anticipada o la libertad condicional a personas que hayan sido declaradas culpables de esos delitos…”, explicó el juez.
“Conforme lo sostuve en el legajo considero que los hechos por los cuales Boudou fue condenado resultan de sustancial gravedad y que ello de algún modo obstaculiza la posibilidad de otorgar una libertad anticipada, de acuerdo con los compromisos internacionales que el Estado argentino suscribió para aunar los esfuerzos y poder prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”, concluyó.
Condena
Boudou fue condenado y preso en agosto de 2018 a cinco años y diez meses de prisión por el delito de negociaciones incompatible con la función pública al considerar que compró la empresa Ciccone Calcográfica a través de terceras personas.
Estuvo preso en Ezeiza hasta que en abril del 2020 se le otorgó la prisión por decisión del juez de ejecución Daniel Obligado, y pese a afines de quedar firme la condena a fin de años, siguió cumpliendo arresto en su casa de Avellaneda.
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