Rigen desde hoy las restricciones que el Gobierno nacional publicó ayer en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) para contener la segunda ola de contagios del covid-19. En el texto, de 18 páginas, se pone especial énfasis en los mecanismos de control.
El presidente dispuso que el Ministerio de Seguridad, a cargo de Sabina Frederic, “dispondrá en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad controles en rutas, vías de acceso, espacios públicos, y demás lugares estratégicos que determine, para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto y sus normas complementarias”. Además, les exige a los gobernadores “reforzar” la fiscalización del cumplimiento de las nuevas medidas.
El incumplimiento del DNU podrá ser reprimido con prisión de seis meses a dos años (artículo 205 de Código Penal). Además, se podría aplicar el artículo 239, que establece que será reprimido con prisión de quince días a un año, “el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.
El DNU establece que a partir de hoy no se puede circular desde las 24 hasta las 6 en los 87 distritos que tienen indicadores sanitarios críticos, entre ellos la Ciudad de Buenos Aires, 44 intendencias del conurbano bonaerense y las capitales de Córdoba, Mendoza, Tucumán y San Juan.
En cuanto a la educación, se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales con los protocolos aprobados por las autoridades. Por su parte, los gobernadores provinciales y el jefe de gobierno porteño podrán suspender en forma temporaria las actividades y reiniciarlas, conforme a la evaluación del riesgo epidemiológico.
Como adelantó el jefe del Estado, el DNU suspende los viajes grupales: esto incluye a los egresados, jubilados, por estudio y competencias deportivas no oficiales. Además, prohíbe las reuniones sociales, “salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados”.
En las zonas no comprendidas entre las de “alto riesgo” epidemiológico, las reuniones sociales están habilitadas siempre que participen hasta 10 personas. El límite sube a 20 personas en espacios al aire libre. Como anticipó Fernández, el DNU establece los parámetros sanitarios por los cuales un distrito será considerado de “alto riesgo epidemiológico y sanitario”.
En este punto, será definido “como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20. También cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días cada 100.000 habitantes 150.
Se mantuvo la decisión de mantener el 30 por ciento del aforo en lugares gastronómicos cerrados. Lo mismo para los eventos culturales, sociales, religiosos, y a los encuentros en cines, teatros y clubes.
“He pedido que en el DNU que prohibamos que se usen los lugares interiores del restorán y solo se pueda comer al aire libre y con el mayor distanciamiento posible”, había anticipado el presidente.
Por otra parte, el decreto dispone que se fomentará el teletrabajo para aquellos casos en los que la actividad laboral permita esta modalidad. En el supuesto de que la presencialidad sea requerida por el empleador, salvo los casos de excepción, deberá garantizar el traslado de los trabajadores sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
A la vez que interrumpe por tres semanas la actividad para casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.
PANDEMIA. SEGUNDA OLA
Rigen desde hoy nuevas restricciones y cancelaciones para contener al Covid-19
Las medidas anunciadas por el Gobierno nacional estarán vigentes hasta fin de mes. Las provinciales deberán ejercer los controles.
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