Declararon inconstitucional la publicidad de campaña gratis en canales y radios

Declararon inconstitucional la publicidad de campaña gratis en canales y radios

La jueza federal con competencia electoral en la Capital Federal, María Servini, declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos que obligaba a canales de televisión y emisoras de radio a difundir publicidad electoral gratuita de los partidos políticos.
A través de una resolución, Servini dispuso “declarar la inconstitucionalidad del artículo 43 quater de la ley 26.215”.
El artículo invalidado reglamenta parte de la Ley de Medios (26.215) y dispone: “Los servicios de comunicación y de televisión por suscripción están obligados a ceder en forma gratuita el cinco por ciento (5%) del tiempo total de programación para fines electorales”. Además, precisa que a partir del año 2020 la mitad de los espacios son cedidos a título gratuito y el otro 50% se consideran pago a cuenta de impuestos nacionales, cláusula que comenzaba a regir en las legislativas de este 2021.
La decisión de Servini responde a una presentación del abogado Tomás Pérez Virasoro en su carácter de apoderado de América TV SA, de la Red Celeste y Blanca SA y de Radio Libertad SA (con participación accionaria en las radios Blue 101.7 y AM Belgrano) y les abre la posibilidad a otros grupos de medios a solicitar una decisión similar en la antesala de las elecciones legislativas nacionales que se realizarán este año.

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