La nueva propuesta de movilidad previsional que impulsa el Gobierno nacional para que rija a partir de marzo del año próximo prevé un ajuste semestral que se determinará a través de la aplicación de una fórmula proporcional conformada por la evolución de los salarios y la recaudación impositiva.
Dicha fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417, que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017, y será puesta a consideración de la Comisión Bicameral Mixta de Movilidad Previsional por el Poder Ejecutivo con el objetivo de que comience a regir a partir del próximo año.
El proyecto es resultado de un trabajo conjunto que llevaron adelante el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y el ministerio de Economía.
La futura fórmula buscará reemplazar a la suspendida Ley 27.426 -sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri- que ponía el eje en la evolución de la inflación, sin tener ninguna correlación entre la movilidad jubilatoria y los recursos disponibles.
En los dos años que tuvo vigencia la ley suspendida, el haber mínimo de los jubilados cayó un 19,5% en términos reales.
“La fórmula que se propone es sustancialmente la misma a la sancionada en el año 2008 y que resultó en una mejora sostenida en el poder adquisitivo de los jubilados y jubiladas hasta el año 2015”, señalaron fuentes del Palacio de Hacienda.
El proyecto que se pondrá a consideración del Parlamento excluye a la inflación como método de ajuste porque “no es deseable en la Argentina”, en virtud de la realidad que el país atraviesa “hace lustros” en materia inflacionaria, según se indicó.
MOVILIDAD PREVISIONAL
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