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Afip cobrará retenciones en las operaciones con billeteras electrónicas

La Afip estableció un régimen de retención de IVA y Ganancias a operaciones efectuadas con billeteras electrónicas.
El objetivo de la medida es poner en igualdad de condiciones a esta actividad con las compras que se realizan con tarjetas de crédito y débito y reducir las posibilidades de evasión.
La decisión, que regirá desde el 19 de noviembre, se tomó a partir de dos resoluciones publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.
De esta manera, la Afip determinó regímenes de retención de IVA y Ganancias a cargo de los sujetos que administren servicios electrónicos de pagos y cobranzas por cuenta y orden de terceros, incluso a través del uso de dispositivos móviles o cualquier otro soporte electrónico, comprendidos los virtuales, aplicable a las liquidaciones que se efectúen a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios por la utilización de dichos sistemas de pago.
Por su parte, economistas y referentes del sector fintech advirtieron que la decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) de aplicar retenciones de IVA y ganancias a los medios de pago digitales “desalientan la bancarización”.
La Afip explicó que estableció un régimen de retención de IVA y de ganancias a las operaciones efectuadas mediante el uso de billeteras electrónicas, “con el objetivo de poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito”.

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