La Corte Suprema de Justicia dispuso que los exiliados durante la última dictadura militar perciban la misma indemnización que quienes estuvieron detenidos en el país a disposición del Poder Ejecutivo.
El máximo tribunal lo hizo al declarar inconstitucional la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que dispuso que las personas que tuvieron que exiliarse forzosamente reciban una indemnización reducida.
En 2016, el Gobierno decidió fijar el valor de la indemnización por exilio forzado en la cuarta parte –un 25%– del establecido para aquellos que estuvieron en situación de detenidos-desaparecidos. Hasta aquel momento, se venía otorgando el mismo beneficio indemnizatorio en los casos de detención y en los de exilio forzado: un día de detención era igual que un día de exilio. Ese monto era de $1.019 por día. El cálculo surgía de la Ley 24.043 para ex detenidos.
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