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SUMARIOS

Casi 850 personas en la lista del cepo a los dólares

El Banco Central informó a las entidades financieras que no deberán dar curso a operaciones de cambio de un listado de quienes compraron más de USD 10 mil.

El Banco Central (Bcra) publicó ayer los nombres de más de 800 personas que compraron más de USD 10.000 durante septiembre, y las inhabilitó para realizar nuevas operaciones cambiarias.
Mediante la comunicación “C” 84.797, el Central difundió los nombres, con Cuit y DNI, de aquellos individuos que superaron el límite de compra mensual de moneda extranjera, según confirmaron fuentes oficiales a Ambito.
Alcanza a las personas a las que el Bcra ya les había iniciado sumarios por haber comprado más de USD 10.000 en este primer mes de vigencia del cepo cambiario.
La circular dirigida a las entidades financieras sostiene que “en el marco del decreto Nº 609/19 y de la comunicación ‘A’ 6.770 y complementarias, mediante resolución Nº 61/19, se ha dispuesto que, sin la previa autorización de este Banco, no deberán dar curso a operaciones de cambio, o en su caso, a su anulación, a nombre o por cuenta de esas personas”.
“Se detectaron casos de personas que no cumplieron la reglamentación que estableció el control de cambios”, confirmaron fuentes oficiales.
El Bcra indicó que las personas que figuran en el listado “deberán abstenerse de transmitir al exterior las operaciones que se hubieren formalizado y que a la fecha se encuentren pendientes de aviso a los corresponsales”.
Así, quienes adquirieron más de 10.000 dólares en septiembre comenzaron a ser investigados por el organismo que conduce Guido Sandleris y recibirán una notificación sobre su estadio.
Fuentes oficiales indicaron que los datos fueron recaudados mediante un sistema que permite ver en tiempo real las acciones que se ejecutan en el sistema financiero, lo cual se complementa con un cruce de información con la Afip.
Una vez que se detecta la “infracción”, se solicita a las entidades que informen de qué se trata la operación para evaluar con más profundidad cada caso y analizar si deben tener sanción sólo las personas que realizaron la compra o se debe incluir a la entidad financiera, comentaron las fuentes.
Aquellos que sean sumariados se verán imposibilitados de operar en el mercado de cambios y quedarán a disposición de la Ley Penal Cambiaria, que puede implicar penas de seis meses hasta ocho años de prisión para reincidentes.

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