Dos directivos del Sanatorio La Trinidad fueron imputados esta mañana en la causa en la que se investiga si encubrieron a los médicos Diego Bialolenkier y Nélida Puente, que participaron de la endoscopia que terminó con la vida de Débora Pérez Volpin.
La fiscal Nancy Olivieri investigará al director del sanatorio La Trinidad de Palermo, Roberto Martingano, y al director médico de Galeno, Eduardo Cavallo, quienes serán citados a indagatoria.
La funcionaria del Ministerio Público intenta analizar si se alteró el endoscopio durante la investigación y si hubo complicidad de la clínica.
La conductora de Arriba Argentinos murió el 6 de febrero de 2018 mientras le realizaban una endoscopia, estudio que le habían ordenado hacer después de que se presentara en el sanatorio por un dolor abdominal.
Por su muerte fueron juzgados el endoscopista Diego Bialolenkier y la anestesisda Nélida Puente, en un proceso que estuvo a cargo de Javier Anzoátegui. Mientras el endoscopista fue condenado a tres años de prisión condicional y 7 años y 6 meses de inhabilitación para ejercer su profesión, la anestesista fue absuelta.
La nueva causa, a cargo del juez Carlos Bruniard, se abrió a partir del pedido que hizo la familia la periodista durante el juicio oral y público.
Al respecto, la familia aseguró que hubo “obstaculización” en la investigación por parte de la clínica. Además, creen que entregaron un endoscopio diferente del que se usó en el estudio que terminó con la vida de la paciente.
El abogado de la familia de Pérez Volpin Diego Pirota había advertido: “Desde el primer momento sostuvimos que este equipo no se había utilizado el día de la endoscopía, porque es un equipo viejo, vetusto, que no tiene nada que ver con la tecnología de los demás que tiene la clínica. Éste no graba, y siempre especulamos que no conocíamos el equipo verdadero para que no pudiéramos ver las imágenes del momento en que se realizó la lesión al esófago de Débora”.
La familia de Pérez Volpin pidió constituirse en querellante en la nueva causa y además apeló el fallo del Tribunal Oral que el pasado 2 de agosto condenó a Bialolenkier y absolvió a Puente.
En ese sentido, reclaman que el endoscopista sea condenado a la pena máxima de inhabilitación para ejercer su profesión prevista para estos casos en el Código Penal, que es de diez años. En tanto, en relación a la anestesista, pidieron que también se la condene por “homicidio culposo” al afirmar que no actuó de manera acorde a las necesidades de”una situación de la gravedad que se le presentó”.
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