None
SALUD

Medicina prepaga: lanzan los planes “low cost”

La Superintendencia de Servicios de Salud reglamentó a través de la resolución 1277/19 los Planes de Cobertura Parcial (PCP) que ofrecerán las prepagas y estableció el procedimiento administrativo respecto de la presentación de las solicitudes que deberán efectuar las empresas de medicina prepaga. 
La medida habilita a las compañías a ofrecer servicios a precios más bajos que los pactados en los planes tradicionales para tratar de detener la sangría de afiliados. En lo que va del año, las prepagas recibieron autorización para aumentar sus cuotas en cinco oportunidades: 5 por ciento en febrero, 7,5 en marzo, 5,5 en julio, 6 en agosto y 6 por ciento en septiembre. El Gobierno autorizó en junio a las empresas de medicina prepaga a ofrecer planes parciales de cobertura ambulatoria o de internación, que no garantizan la cobertura del ciento por ciento de las prestaciones médicas. 
La decisión se tomó a partir de la Disposición 900/19 de la Superintendencia de Servicios de Salud. Ley 26.682 de medicina prepaga establece en su artículo 7 que las empresas deben garantizar como mínimo el Programa Médico Obligatorio y el Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Sólo pueden ofrecer planes de coberturas parciales en servicios odontológicos; servicios de emergencias médicas y traslados sanitarios de personas.

COMENTARIOS