El Gobierno oficializó la eliminación del IVA en alimentos básicos
Además se incluyó el congelamiento del precio de la nafta. Las medidas que fueron anunciadas por Mauricio Macri para paliar la crisis fueron publicadas este viernes en el Boletín Oficial.
El Gobierno oficializó este viernes dos de las medidas anunciadas por el presidente Mauricio Macri destinadas a aliviar la situación económica de los sectores más afectados por la crisis.
A través del decreto 567/2019, publicado este viernes en el Boletín Oficial se concretó la eliminación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una serie de productos de la canasta básica.
“Mi única prioridad es cuidar a los argentinos”, comenzó afirmando Macri en un mensaje enviado el jueves a través de sus redes sociales. “Vamos a eliminar el IVA a los principales productos que consumen los argentinos, confío en que será un alivio”, agregó Macri, al tiempo que sostuvo que el mismo se debe aplicar en todo el país.
“El presidente de la Nación decreta: La venta de los productos de la canasta alimentaria que forma parte integrante de la presente medida, estará alcanzada por una alícuota equivalente al cero por ciento en el impuesto al valor agregado, establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado”, se publicó en el el decreto.
De esta forma, la decisión del Gobierno nacional comenzará a regir a partir de este viernes y se extenderá hasta el 31 de diciembre.
Los productos alcanzados por la eliminación del IVA son: aceite de girasol, maíz y mezcla; arroz, azúcar, conservas de frutas, hortalizas y legumbres; harina de maíz, harinas de trigo, huevos, leche fluida entera o descremada con aditivos; pan, pan rallado, pastas secas, yerba mate, mate cocido y té.
En tanto, el decreto 566/2019 estipula que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local durante los próximos 90 días corridos deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al día 9 de agosto de 2019.
Además, la normativa, que lleva las firmas de Macri y de los integrantes del Gabinete nacional, puntualiza que se debe aplicar un tipo de cambio de referencia de USD 45,19 y un precio de referencia BRENT de USD 59 por barril.
También especifica que las empresas productoras de hidrocarburos deberán cubrir el total de la demanda de petróleo crudo que les sea requerido por las empresas refinadoras locales, proveyendo de manera habitual y continua a todas las refinerías ubicadas en el país para responder a las necesidades internas.