Presión judicial al Gobierno por la transparencia en el escrutinio
Los partidos tuvieron que haber recibido la plataforma informática 30 días antes de las Paso. La tendrán hoy.
La Justicia le ordenó al Gobierno nacional que entregara de manera “inmediata” el software que se utilizará en el procesamiento de los resultados provisorios de las elecciones Paso “para su puesta a disposición de las agrupaciones políticas”. La medida que establece el envío de esa plataforma informática fue dispuesta por la Cámara Nacional Electoral (CNE), que notificó a la Dirección Nacional Electoral (DNE), dependiente del Ministerio del Interior, ante, dijo, el “incumplimiento por parte del Poder Ejecutivo Nacional” de la “remisión del software de escrutinio provisional” para “su puesta a disposición de las agrupaciones políticas”.
Fuentes gubernamentales informaron que “ya estaba previsto” ese trámite y que para tal fin fueron citados para hoy los apoderados de alianzas y partidos políticos que participarán de los comicios.
Los camaristas Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía resolvieron “intimar a la Dirección Nacional Electoral a efectos de que proceda a dar inmediato cumplimiento a la entrega del software para escrutinio provisorio”.
A la vez, dispusieron informar a “los jueces federales con competencia electoral de todo el país y, por su intermedio, a las agrupaciones políticas reconocidas en sus respectivas jurisdicciones”, según la resolución.
Corcuera y Dalla Vía, con actuación del secretario de la CNE, Sebastián Schimmel, recordaron que ya esa Cámara, mediante la acordada 35/03, “reivindicó el derecho de las agrupaciones políticas a obtener –en los términos del artículo 108 del Código Electoral Nacional- una copia del software que se utilizaría para el procesamiento de los resultados provisorios, con el objeto de efectuar las comprobaciones pertinentes”.
Y, resaltó que en otra acordada -96/05-, “se dispuso con carácter genérico que -en lo sucesivo- dicho software debería estar a disposición de las agrupaciones que participen en los comicios, 30 días antes del acto electoral”.
Asimismo, estableció nuevos requisitos dirigidos al Ministerio del Interior para la “acreditación de fiscales partidarios, el acceso al software, y la adecuada difusión pública del objeto y alcance del escrutinio provisorio”.
La Cámara añadió que el 1 de agosto de 2019 hizo saber a los partidos “que el escrutinio provisorio continúa bajo la órbita exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional sin participación alguna de la justicia nacional electoral’ (punto 3º), ello no obsta al cumplimiento por parte del Poder Ejecutivo de lo dispuesto respecto de la citada entrega del software”.
Tras reseñar otros reclamos, los jueces advirtieron en la nueva resolución (acordada extraordinaria 52) que “ante el incumplimiento por parte del Poder Ejecutivo Nacional, mediante oficio Nº 4609/19 se reclamó la remisión del software de escrutinio provisional para su puesta a disposición” de los partidos.
“Sin embargo, mediante nota Nº 2019-65232557-Apndne, la Dirección Nacional Electoral informa que recién daría cumplimiento a las previsiones del artículo 108 del Código Electoral Nacional ‘48 horas. antes de la fecha establecida para cada jornada electoral’, plazo que resulta a todas luces insuficiente para el cumplimiento de su finalidad”, razón por la que ahora intimaron.