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CRISIS ENERGÉTICA

Las cooperativas eléctricas deben modificar las facturas

Por orden del Gobierno, en las boletas deberán diferenciar el consumo eléctrico de otros cargos propios y detallar qué se paga. “Es una medida importante para el usuario”, dijo el presidente Mauricio Macri.

El Gobierno emitió un ultimátum para las cooperativas que distribuyen energía eléctrica en el interior del país. Una resolución publicada por el Boletín Oficial estipuló que tendrán 30 días para ajustar su método de facturación para comenzar a diferenciar los importes por servicios energéticos de otros conceptos que son parte de su cuota mensual.
“Es una medida importante para los usuarios. Antes de esta decisión podían sufrir cortes por falta de pago de conceptos que no estaban relacionados con el suministro de energía. Ahora van a poder abonar por separado el consumo y tener claro qué cobra la cooperativa como adicional”, manifestó Mauricio Macri en Twitter. 
La resolución fue un pedido directo del Presidente que surgió por una inquietud de un vecino de Luján en uno de los timbreos oficiales.
En el Gobierno derivaron la preocupación presidencial al Instituto Nacional de Asociativitismo y Economía Social Inaes, la autoridad nacional de aplicación del régimen legal de las cooperativas, que finalmente emitió una resolución, previa consulta a la Procuración Nacional del Tesoro, la dependencia que se encarga de las cuestiones jurídicas más sensibles del Poder Ejecutivo.
Ayer, el Inaes emitió la resolución 3442/2018 que ordenó que “las cooperativas prestadoras del servicio público de distribución de energía eléctrica deben facturar tal servicio de forma autónoma e independiente de otros b ajenos”.
“Es conveniente entonces arbitrar mecanismos para asegurar que las cooperativas diferencien materialmente en su facturación todos los rubros o conceptos adicionales no vinculados directamente con el servicio público que brindan”, indicó la resolución que fue publicada en el Boletín Oficial.
El Gobierno busca que “el usuario debe poder individualizar y abonar por separado la tarifa por el servicio público de distribución de energía eléctrica y el precio de otros conceptos ajenos”, de este modo, “se beneficia así al usuario sin causar agravio alguno para la cooperativa concesionaria”, según el Boletín Oficial.
Las cooperativas deberán adecuar su facturación en un plazo de 30 días, según establece el reglamento oficial.
La idea del Gobierno es que las cooperativas no se excusen en propios problemas administrativos para no prestarle el servicio de distribución eléctrica a los usuarios.

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