Desde ayer se puede ingresar al país, sin necesidad de declararlos previamente y sin pagar impuestos, computadoras portátiles (tipo notebook o tablet) y teléfonos celulares.
Es porque a través de la resolución general 4.315, publicada en el Boletín Oficial, la Afip modificó el régimen general de equipaje.
La medida permite ingresar, en las nuevas condiciones, hasta una computadora y un celular por persona.
“Teniendo en consideración las necesidades de globalización y de la era digital, resulta necesario actualizar el alcance del concepto ‘efectos de uso o consumo personal’ -indica la resolución-, con el objeto de incorporar aquellos efectos tecnológicos de uso común por viajeros como incidencia de viaje”.
Por lo tanto, pasará a considerarse “efectos de uso o consumo personal” a “los artículos de vestir y aseo, y los demás bienes que tengan manifiestamente carácter personal, incluyendo una computadora portátil que no requiera para su funcionamiento fuente exterior de energía (tipo notebook o tablet) y un teléfono celular”, dice la resolución.
Voceros de la Afip confirmaron que los productos que se pueden ingresar al país sin declaración ni pago de impuestos son dos como máximo. Por un lado, una notebook o tablet. Por otro lado, un celular.
No importa el precio de cada equipo (puede ser el último iPhone, por ejemplo).
Las fuentes aclaran que “tiene que ser un objeto de uso personal”.
Ante la consulta de si se los puede traer en sus cajas, embalados, respondieron que sí. La resolución, de hecho, contempla la posibilidad de que los equipos ingresen al país para ser regalados a terceros.
AFIP
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