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NACIONAL

La Corte desestimó una demanda de taxistas contra Uber

La Corte Suprema de la Nación desestimó un recurso de queja presentado por el Sindicato de Peones de Taxis hace dos años, luego de un fallo de un juez de primera instancia el cual afirmaba que la actividad realizada por los choferes de Uber no era ilegal, sino una actividad comercial lícita. Con esta decisión sigue vigente esa resolución que avalaba la actividad de la empresa.
Se trata de un fallo de octubre de 2016 del juez porteño Luis Alberto Zelaya en el que había afirmado que la actividad que realiza la empresa de transporte es lícita ya que la prestación del servicio de transporte de pasajeros sin contar con habilitación oficial “no configura una conducta tipificada por la legislación punitiva”. De esta forma, podrían existir faltas administrativas o infracciones de tránsito, pero no delitos.
La Corte no se expidió sobre la legalidad o ilegalidad de Uber sino que “desestimó un recurso de queja ante el incumplimiento de recaudos previstos en la acordada 4/2007, es decir, cuestiones formales”, explicaron sus voceros. Pero indirectamente avaló lo que dispuso Zelaya, ratificado luego por la Cámara Nacional en lo Criminal.
Hace dos años Zelaya adhirió al dictamen del fiscal Jorge Ballestrero y desestimó por “inexistencia de delito” la denuncia que la gremial de los taxistas formuló contra 33 conductores de Uber. La demanda se había iniciado por presuntos delitos de “entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilícita”.
“Más allá de la conflictividad que -sobre todo mediáticamente- ha desatado la aparición de Uber, lo concreto, lo real, es que, no se observa que en la vida cotidiana de los porteños se haya visto alterada la regularidad y eficiencia del servicio público”, remarcó.

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