Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah confirmaron la decisión del juez Claudio Bonadio quien procesó con prisión preventiva a la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner y a otros ex funcionarios del gobierno anterior por considerar que cometieron delito al firmar el Memorándum de Entendimiento con Irán por el Caso Amia.
La causa se inició por la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman. La prisión preventiva de la ex presidenta no se hará efectiva hasta que el Senado decida avanzar con su desafuero.
Los jueces avalaron la decisión de Bonadio en cuanto al delito de encubrimiento agravado y mantuvieron las prisiones preventivas que había dictado el juez.
Es decir que sigue vigente el pedido de desafuero ante el Senado para la detención de la ex presidente y las prisiones para el ex Canciller Héctor Timerman, el ex secretario Legal y Técnico Carlos Zannini, y del piquetero Luis D´Elía, Fernando Esteche y Youssef Kahlil.
Los delitos por los cuales fueron confirmados los procesamientos son los de estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado. No confirmaron la calificación que había establecido Bonadio respecto del delito de traición a la Patria.
Para los camaristas en la causa se investiga "un plan criminal con entidad suficiente para que los ciudadanos iraníes identificados como responsables de la voladura de la Amia pudieran sustraerse de la acción de la justicia, mediante el otorgamiento a Interpol de herramientas suficientes para que las notificaciones de índice rojo que pesaban respecto de los ciudadanos iraníes perdieran virtualidad, y para liberarlos de toda responsabilidad penal por dichos hechos, mediante la creación de una Comisión de la Verdad, y a través de esta, introducir una hipótesis alternativa".
Uno de los principales cuestionamientos de los procesados al fallo de Bonadio fue que el Memorándum con Irán era una cuestión política no judiciales. Irurzun y Farah dijeron que: "Lo pactado no versa, no se refiere, ni está relacionado al ejercicio de las facultades que le son privativas al Poder Ejecutivo con arreglo a lo prescripto por la Constitución Nacional, sino todo lo contrario.
Según la hipótesis acusadora, mediante aquél, determinados representantes de ese poder del Estado utilizaron esa atribución formal para inmiscuirse en una materia de la competencia de otro, pues según el diseño constitucional republicano (art. 1 de la Constitución Nacional), le correspondía exclusivamente a los magistrados del Poder Judicial de la Nación, en todas sus instancias, el conocimiento y decisión de las causas que, como la que refiere al atentado de la Amia-Daia, tienen por objeto la averiguación de la verdad, de las responsabilidades penales y la aplicación de la ley en relación a un crimen federal cometido en su territorio".
JUSTICIA
Memorándum con Irán: Cámara Federal confirmó procesamientos y detenciones
Los camaristas Irurzun y Farah ratificaron la decisión de Bonadio contra Cristina Kirchner, Carlos Zannini y Luis D'Elía, entre otros acusados.
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