ACOSO EN INTERNET

El FpV local busca que se apruebe la penalización del “grooming”

Los concejales presentaron un proyecto de resolución para que la problemática sea tratada con urgencia en la Cámara de Diputados de la Nación. Afirman que en Junín hubo al menos 20 casos.

El bloque de concejales del Frente para la Victoria de Junín presentó un proyecto de resolución mediante el cual solicita el urgente tratamiento del Proyecto de Ley 149-8-2011, que prevé la penalización del acoso realizado a través de Internet, práctica conocida con el nombre de “grooming”.
Según manifestaron los miembros del bloque, el proyecto cuenta con sanción unánime de la Cámara de Senadores y con reciente dictamen en las comisiones de Legislación Penal y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, para ser tratado en la próxima sesión de Diputados.
“Este proyecto incorpora al Código Penal como artículo 131 y con una pena de seis meses a cuatro años de prisión a quién contacte por medio de comunicaciones electrónicas a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra su integridad sexual”, afirmó el concejal Juan Manuel Sequeira.
“La revolución tecnológica y de las telecomunicaciones ha transformado radicalmente la vida cotidiana de las personas. Esta transformación ha generado cambios en nuestra forma de vincularnos socialmente y con ello de redefinir nuestra intimidad, entre otras cosas.
“El Grooming, que es un delito que emerge de esta nueva realidad, consiste en las acciones emprendidas por un adulto, a través de Internet, para crear una conexión emocional con un menor de edad -y de esta manera quitar cualquier tipo de inhibición- con el fin de obtener concesiones de índole sexual”, explicó.
El edil aseguró que esta práctica afecta fuertemente a nuestra ciudad, en la que ya se registraron al menos veinte casos, varios de ellos de gravedad.

Las cuatro etapas del grooming

-Generación de un lazo de amistad con un menor fingiendo ser un niño o niña.
-Obtención de información clave del menor víctima de grooming.
-Mediante seducción, conseguir que el menor, frente a la  webcam de la computadora se desvista, se masturbe o realice otro tipo de expresiones de connotación sexual.
-Inicio del ciber-acoso, dando inicio a la fase de extorsión de la víctima, con el objeto de obtener material pornográfico, o bien el contacto físico con el menor para concretar un abuso sexual.

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