Hoy comienza el juicio a Cristian Fabián Ruiz, imputado por el delito de Homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en el que resultara víctima fatal Jorge Catamarca, y por lesiones leves sufridas por Oscar Emanuel Catamarca y Carlos Rodrigo Cruzate; en un hecho ocurrido el 28 de abril del 2023 en la ciudad de Vedia, partido de Leandro N. Alem.
La audiencia será a partir de las 10.30, en el sexto piso del Edificio Central de Tribunales, calle Mayor López 2 de la ciudad de Junín. La modalidad a adoptar será juicio por jurados populares, el quinto que se implementa con la misma en el Departamento Judicial Junín.
La causa está registrada en el Tribunal Oral en lo Criminal N°1. La magistrada que intervendrá en el acto -como Juez del derecho- es la jueza integrante del mencionado Tribunal Oral Criminal, Dra. Karina Lorena Piegari. Desempeñará el rol de parte acusadora, en representación del Ministerio Público Fiscal, la agente fiscal Dra. Paola E. Luján; y el imputado Cristian Fabián Ruiz será asistido por defensores particulares de su confianza, Dres. José María Elisalde, Lucas Luis Emiliano De Ángel y Anabella Sandoval.
El juicio será público, por lo que cualquier persona puede presenciarlo para escuchar y observar en silencio lo que ocurre. No obstante ello y en las condiciones que habilita la ley la identidad de los integrantes del jurados populares se encuentra reservada.
El hecho
El hecho ocurrió el 28 de abril del 2023 cuando un hombre de 35 años fue asesinado y otras personas resultaron heridas en una disputa vecinal ocurrida en Vedia.
La víctima fatal del ilícito fue identificada en forma oficial como Jorge Carlos Maximiliano Catamarca. De acuerdo a lo manifestado por informantes, el hecho se produjo en horas de la madrugada en la calle Jujuy al 800, en el denominado Barrio Plan Federal de Viviendas.
Tras ser trasladados los heridos, médicos del centro asistencial comprobaron que las demás víctimas del episodio resultaron ser María de Los Ángeles Bustos, de 38 años (con un disparo en la pierna derecha), Oscar Emanuel Catamarca, de 38 (herido en la pierna derecha), Carlos Rodrigo Cruzate, de 30 (baleado en ambos miembros inferiores) y Cristian Fabián Ruiz, de 31 (que había sufrido lesiones en la cabeza y también el tórax).
Peritos de la Delegación Junín de la Policía Científica revisaron el cadáver y entonces lograron determinar que el occiso presentaba un certero impacto de arma de fuego en la región torácica; en tanto incautaron una pistola 22 largo que se cree que habría sido utilizada en el asesinato.
Juicio por jurado
El sistema de juicio por jurados adoptado por la provincia de Buenos Aires mediante la ley 14.543 prevé la selección de 18 jurados -doce titulares y ocho suplentes- que forman parte del tribunal y deben expedirse sobre la culpabilidad o inocencia de acusados por delitos graves, cuya pena prevista es superior a 15 años de prisión.
La selección de los jurados es realizada por el fiscal y el defensor sobre un total de 48 ciudadanos previamente convocados. Finalizada la selección, el tribunal da inicio al debate y terminado el mismo, el juez profesional imparte instrucciones para que los jurados puedan deliberar hasta arribar a un veredicto.
Si el veredicto es de culpabilidad, el juez luego -en pocos días- dicta una sentencia fijando la pena. En caso de veredicto de no culpabilidad, el imputado es absuelto.
A partir de la implementación de esta modalidad, la ciudadanía pasó a tener un rol trascendente en la administración de justicia, en tanto los jurados son la democracia directa en el Poder Judicial. Ser integrante del Jurado Popular significa ser juez de los hechos en el proceso.
Los integrantes del Jurado Popular decidirán cómo fueron los hechos y si la persona imputada en el caso es culpable o no culpable. A los ciudadanos que integran el jurado popular se les pide que valoren las pruebas del debate y resuelvan en base a la experiencia y el sentido común.
Cabe destacar que no todos los ciudadanos citados como candidatos a integrar el Jurado Popular en la ocasión, formarán parte del mismo; dado que - arribados al sitio al que fueran convocados y previo a dar comienzo al Juicio - se procederá a realizar la audiencia de selección de Jurados de la que participarán los ciudadanos convocados, la Sra. Juez, La Sra. Fiscal, los Sres. Defensores y el imputado.
Recién allí quedarán definidos los 12 ciudadanos que se desempeñarán como titulares del jurado popular y los 6 ciudadanos que cumplirán el rol de jurados suplentes, conformándose de esa manera el Jurado Popular; desafectándose al resto de quienes no resulten finalmente seleccionados.
En 2015 se empezaron a realizar los primeros juicios por jurados en la Provincia de Buenos Aires. El juicio a Fernando Farré, quien mató a su ex mujer, Claudia Schaefer, en un country de Pilar en agosto de ese año, comenzó el 29 de mayo y el veredicto del jurado se conoció el 6 de junio.
Quiénes pueden ser citados a un juicio por jurado
El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, una vez al año, lleva adelante un sorteo público, utilizando el padrón electoral vigente, de los ciudadanos que cumplan con los requisitos exigidos por el Art. 338 inc. 2) del Código Procesal Penal -argentinos nativos o naturalizados y que tengan entre 21 y 75 años de edad- discriminados por Departamento Judicial y por sexo.
En tanto, entre los impedimentos e incompatibilidades se menciona el hecho de desempeñar ser funcionarios o empleados del Poder Judicial nacional o provincial; integrar en servicio activo o ser retirado de las fuerzas de seguridad, defensa y/o del servicio penitenciario, como así también los integrantes y/o directivos de sociedades destinadas a la prestación de servicios de seguridad privada.
También inhabilita desempeñarse como jurado ejercer como abogado, escribano y procurador; estar imputado en un proceso penal en trámite; ser ministro de un culto religioso; ser autoridad directiva de los partidos políticos reconocidos por la Justicia Electoral de la Provincia o por la Justicia Federal con competencia electoral.
Lo mismo sucederá con aquellos que no sepan leer y escribir en el idioma nacional; con quienes no estén en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos; o bien, con aquellos ciudadanos que no gocen de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo.
Antecedentes de juicio por jurado en Junín
El juicio por jurados debutó en Junín el 28 de mayo de 2015, con el debate de una causa por tentativa de homicidio por un hecho ocurrido en Vedia, durante el 2014.
La audiencia se llevó a cabo en el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 y significó la primera experiencia de dicho sistema en este Departamento Judicial.
Como resultado del debate, el tribunal popular declaró “culpable” al acusado, aunque por un delito menor al que estaba imputado en la causa.
Con doce ciudadanos de la Región que integraron el jurado titular y otros seis de suplentes, el veredicto dio como resultado declarar “culpable por lesiones graves” a Ariel Giménez, de 22 años, quien llegó a dicha instancia acusado de “homicidio en grado de tentativa” contra Iván Sarrachini, de 35.
Los hechos tuvieron lugar en una vivienda situada en Belgrano 845 de la ciudad de Vedia. Allí, Giménez, un oficial albañil, le propició una golpiza a Sarrachini, y lo dejó en coma.
La disputa se originó en que la presencia del primero de ellos molestaba al segundo, quien le prestaba una vivienda a dos mujeres para que vivan allí.
En tanto, el segundo juicio por jurado en Junín se desarrolló un año después, en 2016. Diez de los doce ciudadanos elegidos para dar el veredicto del caso, declararon culpable a Oscar Alberto Muñoz del delito de homicidio simple, por un hecho ocurrido en julio de 2015 que tuvo como víctima a Emanuel Ferreyra, de 20 años; tras una feroz pelea acontecida en la zona de Battilana y Rivadavia.
Por su parte, el tercer juicio con estas características se realizó en 2023. Tras tres jornadas de audiencias y los alegatos, un jurado popular halló culpables, a Vilma Esther Verón (28) y Gustavo Damián Arrieta (36), por el asesinato de Marcelo Torres, hecho que ocurrió el 27 de octubre de 2020 en el Parque Ecológico de Junín.
El debate se llevó a cabo en el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Junín, a cargo de la Dra. Karina Piegari, donde 12 ciudadanos se expidieron de manera unánime.
El último y cuarto se llevó adelante en abril de 2024, cuando el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Junín fijó la pena de 10 años de prisión para el hombre que había sido encontrado culpable por tres hechos de abuso sexual.
Se trata del bailarín y profesor de tango Facundo Amaya a quien, el jurado popular, lo halló responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado del que fue víctima una de sus alumnas.
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