La mirada sobre los animales en la familia cambió sustancialmente.
La mirada sobre los animales en la familia cambió sustancialmente.
SERES SINTIENTES

Los animales en las separaciones, un cambio de paradigma para defender sus derechos

La abogada Fabiana Fraga dialogó con Democracia y dio detalles de los antecedentes, el aumento de las consultas, el concepto de familia multiespecie, y la importancia de seguir trabajando para defender sus derechos.

Un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, con asiento en la Capital Federal, confirmó que un juzgado de primera instancia debía regular el régimen de comunicación de un perro, en medio de un divorcio conflictivo. Lo que puede sonar como un hecho aislado, se erige hoy como una herramienta de la Justicia para hacer valer el derecho de los animales no humanos en un nuevo paradigma en la materia.

Al respecto, la Dra. Fabiana Fraga, abogada de nuestra ciudad y que estuvo a cargo del Instituto de Derecho Animal que funcionó durante algunos años en el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Junín, dialogó con Democracia y dio detalles de los antecedentes, el aumento de las consultas, el concepto de familia multiespecie, y la importancia de seguir trabajando para defender los derechos de los animales.

Seres sintientes

La profesional reconoció que existen antecedentes a ese fallo de 2018 y que la Jurisprudencia, en materia de Derecho Animal, ha empezado a abrir “un nuevo paradigma que es tendencia y cuestiona el status jurídico actual de ‘cosa’ que les confiere a los animales el Código Civil y Comercial de la Nación, no obstante, la última reforma del 2015”.

Y en ese sentido explicó que “existen numerosos fallos en materia de derecho penal, donde se los reconoce como seres sintientes con capacidad de percibir el dolor y placer, lo que los asemeja más a sujetos de derechos que a las cosas, que no presentan tales características”. 

En 2014, detalló la profesional, “la Cámara Federal de Casación Penal concedió un hábeas corpus a favor de una orangutana (Sandra) considerándola sujeto de derecho, abriendo con ello una gran puerta para que los Jueces de nuestro país acompañen de manera progresiva tal reconocimiento, a los animales. Y por suerte, aunque de a poco, eso va sucediendo”.

Fraga señala que “ya nuestro Código considera personas a entes inanimados como las empresas, sociedades, fundaciones, asociaciones -las llama personas jurídicas, otorgándoles derechos y obligaciones-, entonces ¿por qué no considerar persona no humana a los animales, con sus derechos propios de especie, como libertad, integridad física y psíquica, vida? No se trata de un concepto biológico, sino de un concepto legal”. 

Familia multiespecie

A medida que evolucionamos como sociedad la relación con los animales dentro de las familias se fortalecieron y afortunadamente fueron adquiriendo mayores cuidados y mejor atención, ni más ni menos que lo que les corresponde recibir como seres sintientes -al menos desde lo legal- pero especialmente desde el amor y por lo que representan como integrantes de una familia.

Es por ello que ante una separación, hoy surgen cada vez más consultas de las partes en post de proteger y obtener un Régimen de Comunicación para el animal. Sin olvidar el sufrimiento y el estrés que sufren en tales situaciones. “Realmente, cada vez son más las consultas en relación a dicha situación en supuestos de divorcio o de finalización de un régimen convivencial”. 

En Junín, según refirió, “existen casos de acuerdos entre las partes, tanto de régimen comunicacional entre humanos y animales; como así también una cuota alimentaria”.

A su vez destacó que, en lugar de hablar del bienestar del animal, “debemos hablar de derechos del animal, como derechos a la vida, a la integridad física y psíquica, a la libertad; derechos tales que son compartidos con nosotros, los humanos”.

Sobre el concepto de familia multiespecie y la influencia en la legislación vigente, Fraga refirió: “Hablamos de familia como concepto más amplio del tradicional. Consideramos tal a partir de la reforma de nuestro código civil en 2015, a todos los vínculos unidos por sentimientos afectivos; y así se empieza a hablar de la socioafectividad como elemento fundamental de quienes se sienten unidos por deseo y voluntad con vínculos afectivos que trascienden y van más allá de lo que digan las leyes, considerándose familia”.

En esa línea asegura que no habría motivos para excluir a los animales no humanos de su consideración como parte de nuestra Familia. A su vez aseguró que “el concepto de familia multiespecie no sólo se está afianzando en nuestro país, sino en muchos otros también”.

“Incorporar” el derecho animal

La Dra. Fraga participó en la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación, en el tratamiento Ley de Prohibición Carrera de Perros, luego sancionada y la Comisión de Legislación Penal y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Nación, en el tratamiento de diversos Proyectos legislativos de reforma de la actual Ley de Maltrato y Crueldad Animal también es expositora en diferentes eventos académicos provinciales y nacionales sobre Derecho Animal.

Con dicha experiencia y trayectoria en la materia aseguró que “es importante que los abogados comiencen a incorporar en las propuestas reguladoras de acuerdos de divorcio, el régimen es de comunicación, alimentos, cuidados, en relación a los animales. Abrir caminos, brindando fundamentos, cobrando un rol activo en los procesos de cambios en la progresividad de derechos de todas las especies”.

A su vez reconoció que “no es fácil construir lo nuevo, primero hay que empezar por un proceso de deconstrucción de ideas, prejuicios, sentido; sacar y quitar todas las capas que nos fueron insertando para darnos algo como normal. Y luego, tenemos que ganar y construir legitimidad”.

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