Andrés Rosa, subsecretario de Gobierno.
Andrés Rosa, subsecretario de Gobierno.
INCLUIDAS EN SERVICIOS

Aseguran que no se analiza la quita de la Tasa Vial ni la Complementaria de Seguridad

“Es una atribución que tenemos los gobiernos municipales”, afirmó el subsecretario de Gobierno, Andrés Rosa. El concejal Bisio, de Unión por la Patria dijo que la medida, “ataca una herramienta de financiación importantísima con la que cuentan los Municipios”, mientras que, Cornaglia Re, de La Libertad Avanza, señaló que “tienen sobradas herramientas para cobrar las tasas por otros medios”.

La medida del Gobierno nacional que prohíbe el cobro de tasas municipales en las boletas de servicios continúa en el centro del debate y desde el Municipio, el subsecretario de Gobierno, Andrés Rosa, aseguró que no analizan quitarlas.

En Junín, el tributo que genera cuestionamientos tiene que ver con la Tasa Complementaria de Seguridad, que se incluye en las boletas de electricidad de EDEN y no corresponde a dicho servicio. En las facturas de luz también se incluye un ítem de Alumbrado Público que no se vería modificado.

Así resurge el cuestionamiento por la Tasa Vial Municipal que grava el combustible, que en nuestra ciudad rige desde el 2013, y desde hace un tiempo se viene implementando en varios distritos.
Desde Unión por la Patria, el concejal Gastón Bisio aseguró que con la medida, desde el Gobierno “atacan una herramienta de financiación importantísima con la que cuentan los Municipios para hacer frente a diferentes obras que realizan en sus localidades y mejoran la vida al ciudadano”. 

Por su parte, desde La Libertad Avanza, el concejal Juan Cornaglia Re señaló que “los municipios tienen sobradas herramientas para cobrarlas tasas por otros medios, y van a tener que empezar a trabajar en aumentar la cobrabilidad, que hasta ahora venían compensando coactivamente con el sector privado”.

 

Rosa: “No analizamos eliminarla”

Al ser consultado respecto de la Tasa Vial Municipal que se cobra en Junín con el combustible, Rosa señaló: “Seguimos sosteniendo que es una atribución que tenemos los gobiernos municipales de fijar esta tasa y fundamentalmente siempre en la búsqueda de fuentes de financiamiento más que nada para tratar de compensar la reducción de ingresos y mantener los servicios municipales, sobre todo en estos momentos donde hay toda una campaña para desfinanciar a los gobiernos municipales”.

Además, fue tajante: “No estamos analizando eliminarla”. “Esta tasa en el último tiempo se generalizó entre los municipios. Somos uno de los que tienen el menor valor, fundamentalmente respecto de las que se aplican en el Conurbano”, detalló.

En cuanto a la Tasa Complementaria de Seguridad que se cobra en la boleta de EDEN, el subsecretario de Gobierno explicó que “está desde el año 94 y se extiende a varios municipios. Tiene que ver con como estos sostienen la seguridad pública, urbana. El gobierno sacó una resolución a través de Oceba que podemos seguir manteniéndola”, señaló.

Asimismo refirió que “la Constitución del 94 consagra las autonomías municipales y no hay resolución de ningún ministro que pueda modificar una norma constitucional. Hay que entender que los municipios no son los municipios del alumbrado del barrio, de la limpieza, ahora tienen un horizonte ampliado de servicios, de salud, de seguridad, de cuidado del espacio público, de tareas sociales. Es de demagogos decir que no hay que cobrar tal impuesto o tasa. ¿De dónde van a sacar los recursos los municipios?”.

 

Bisio: “Afán por desfinanciar las provincias”

El concejal de Unión por la Patria cuestionó la medida y aseguró que “el presidente Milei y su ministro de Economía, Caputo, siguen en su afán por desfinanciar a las provincias y municipios con la excusa del liberalismo mentiroso que predican todos los días. Son Liberales con derecho de inventario”. 

En esa línea dijo que “cuando les conviene liberan y cuando necesitan intervienen en el mercado, como lo hacen con el precio del dólar, los servicios públicos y las Tasas de referencia fijando sus valores. Ahora vemos como atacan una herramienta de financiación importantísima con la que cuentan los Municipios para hacer frente a diferentes obras que realizan en sus localidades y mejoran la vida al ciudadano”.

Consideró que “sería desacertado impulsar esa resolución que dictaron días pasados desde la cartera que conduce el ministro líder en endeudamiento en dólares porque repercutiría directamente en el erario municipal afectando todo tipo de financiamiento de obras que se realizan en la ciudad, más aún si tenemos en cuenta la asfixia financiera que le propone el gobierno nacional a nuestra provincia desde que asumió y el posterior traslado de esos giros a los municipios”.

Para Bisio, “Caputo tiene que agradecerle al gobernador y a los intendentes porque si no estuvieran atendiendo las demandas de salud, educación, alimentos y acompañando tendríamos una situación social mucho más complicada que la que tenemos hoy”.

 

Cornaglia: “No es nada contra nadie”

Por su parte, el concejal libertario, Juan Cornaglia Re advirtió: “Dejemos en claro que la resolución 267 prohíbe que en los comprobantes emitidos por proveedores de bienes y servicios se informe un concepto ajeno al bien o servicio prestado. No prohíbe el cobro de ninguna tasa en particular, sino que delimita el marco de acción. Los municipios tienen sobradas herramientas para cobrarlas por otros medios, y van a tener que empezar a trabajar en aumentar la cobrabilidad, que hasta ahora venían compensando coactivamente con el sector privado”.

Según el concejal de LLA, el Gobierno Nacional “simplemente está bregando por la transparencia en la gestión, los derechos de los consumidores y del sector privado. No es nada contra nadie, es el imperio de la ley, el respeto por la propiedad privada y la libertad de elección”.

Consideró a su vez que “las personas que llegan con lo justo a pagar la luz tienen que pagar forzosamente el 25% más de lo que consumen para financiar un servicio de iluminación pública que muchas veces no reciben, o como mínimo, que no se maneja de forma transparente”. 

En ese sentido señaló que hace poco menos de un mes presentó “un pedido de acceso a la información pública para conocer cómo y en qué se gasta lo recaudado por esta tasa y no fue contestado (el plazo de ley es 10 días hábiles)”.

 

Tasa Vial Municipal

La Tasa Vial Municipal, que grava el litro de combustible cargado en las estaciones de servicio, se implementó en Junín en 2013 durante el gobierno de Mario Meoni, y se mantuvo vigente durante la gestión de Pablo Petrecca. Se trata de un impuesto presente también en varios municipios bonaerenses, especialmente del Conurbano. 

La tasa al combustible es un tributo “ad-valorem”, cuya base imponible puede variar según el municipio, adoptando la forma de un precio fijo o un porcentaje por cada litro o fracción de combustibles líquidos o GNC. 

El hecho imponible se encuentra vinculado a la supuesta prestación de servicios relacionados con el mantenimiento, conservación, señalización, modificación y/o mejoramiento de la red vial municipal del ejido urbano. 

En Junín, la tasa es fija y es determinada en forma anual por el Concejo Deliberante. Actualmente, su valor es de $5 por litro de nafta y $3,88 por litro de gasoil. 

 

Medida, vigencia y plazo 

La medida del Gobierno que prohíbe la inclusión de las tasas en las facturas de servicios fue publicada el 11 de septiembre en el Boletín Oficial mediante la resolución 2024-267 de la Secretaría de Comercio, del Ministerio de Economía. 

En su artículo primero dicta: “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.

Más adelante la resolución considera que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios “deberán colocar en toda facturación que se extienda al usuario su derecho a reclamar una indemnización si le son facturadas sumas o conceptos indebidos”. Y agrega: “Los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información fehaciente y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno”.

Además, en su artículo 2 establece que “el incumplimiento a lo establecido en la presente resolución será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, y normas reglamentarias”. 

Por último, es su artículo 3 comunica la vigencia y el plazo de adecuación: “La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá un plazo de adecuación de treinta (30) días”.

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