“La muerte de mi hijo no era para que no estén presos”, dijo Ramírez.
“La muerte de mi hijo no era para que no estén presos”, dijo Ramírez.
EL MENOR FALLECIÓ POR UNA DESCARGA ELÉCTRICA A RAÍZ DE UNA CONEXIÓN DEFICIENTE

“Voy a seguir luchando”, dijo la mamá de Agustín Sidoti tras el fallo

El Juzgado Correccional 3 de Junín condenó a Fernando Bitar y Karina López de Bitar a 3 años en prisión en suspenso. La familia considera que la sentencia es injusta y adelantó que presentarán una apelación.

Mariela Luján Ramírez vive momentos “muy dolorosos”, tras el fallo del Juzgado Correccional 3 de Junín, que condenó a Fernando Bitar y Karina López de Bitar a 3 años en prisión en suspenso, pena que había sido solicitada por el fiscal en los alegatos, por el “homicidio culposo” de su hijo Agustín Sidoti.

Según la acusación, el niño de 13 años falleció en 2020 por una descarga eléctrica recibida a raíz de una conexión deficiente y contraria a la reglamentación vigente en el comercio de los ahora condenados. A Bitar y López se los procesó por el artículo 84 del Código Penal (homicidio culposo) que podía implicar una pena de 1 a 5 años y por “culpa por representación”, figura agregada y solicitada por el abogado del particular damnificado, Emiliano Basso, quien había pedido 4 años y 8 meses de prisión.

“Fue un día muy doloroso ayer (lunes), y no sé cuánto tiempo voy a tardar en recuperarme. Mi abogado había pedido el cambio de carátula que se llama ‘culpa con representación’ porque ellos (los ahora condenados) sabían que la instalación eléctrica estaba mal”, afirmó Ramírez a Democracia. 

“Hay indicios en la causa, como por ejemplo, que fueron rechazados para la habilitación municipal dos veces por fallas eléctricas y falta de disyuntor. Está claro que ellos sabían que estaba mal, porque en vez de auxiliarme a mí, en ese momento, se encerraron en el negocio y fueron a sacar las pruebas. Ahí mismo ya se declararon culpables. Mientras yo velaba a mi hijo, ellos hicieron eso, sacaron todas las pruebas, y habían atado un cable a mi reja sin aislante, sin mi autorización”, manifestó. 

“Ellos pidieron por favor, llamaron a un electricista en ese momento que les dijo que no, que le pagaban lo que sea con tal que le sacaran las pruebas”, dijo. 

“Es una sentencia totalmente injusta y vamos a apelar. Voy a seguir luchando y no me voy a cansar de seguir luchando por mi hijo. Hoy digo que estoy mal, pero me voy a parar de vuelta y voy a seguir”, apuntó. Y recordó que el día del hecho, “en vez de auxiliar a Agustín, que ellos tenían acceso a entrar por mi casa por un portón que hay que se comunicaba a la casa con el negocio que estaba abierto, fueron los primeros que me vieron gritar y se dedicaron a sacar todas las pruebas”. 

“En ese momento, no se cercó el lugar del hecho, una cosa totalmente horrorosa, porque acá en la esquina hay un accidente de moto, no pasa nada y está dos horas vallado al lugar. Y yo de todo esto me entero cuando voy a organizar la marcha, que no habían vallado al lugar del hecho donde hubo una muerte. Todo esto es una película de terror, es terrible”, expresó con dolor la mamá de Agustín.

“Y en el juicio se declararon culpables pidiendo disculpas ante un juez y durante cuatro años a mí nunca nadie me vino a pedir disculpas, ni a hablar conmigo. Nunca se acercaron”, subrayó. “Hicieron una disculpa totalmente estratégica frente al juez para que no ir presos por todo lo que hicieron”, concluyó.

 

“Vamos a apelar”

En la misma línea, el abogado Emiliano Basso explicó a este diario que “la realidad es que en estos tipos de delitos, en el cual la pena tiene un mínimo de uno y un máximo de cinco, la brecha es muy corta entre el mínimo y el máximo. Y ahí se evalúa en distintas situaciones para determinar la cuantificación de la pena”. 

“Nosotros creemos, del lado de la familia representada por mí, que la pena debería haber sido de cumplimiento efectivo. De hecho, por eso se pidió cuatro años y ocho meses, casi el máximo. También soy consciente que era muy difícil que den esa pena, pero a partir de los tres años, incluso la pena de tres años podría haber sido de cumplimiento efectivo”, destacó. 

“Los delitos culposos, la gran mayoría de las veces, se aplica una pena de ejecución condicional, salvo casos puntuales que son de cumplimiento efectivo”, explicó. “En este caso, había circunstancias que se establecieron y se dijeron en el juicio que nosotros entendíamos que no había sido una simple negligencia, sino que los imputados sabían del peligro que estaban generando, por eso se pidió la ‘culpa con representación’”, confirmó. 

“Ellos sabían que podían ocasionar un daño y, no obstante, decidieron igual tener la instalación eléctrica de esa manera, creyendo que no iba a pasar nada. De ahí es que esperábamos una pena más elevada y distinta de cumplimiento, por lo que vamos a apelar”, sostuvo. 

 

El hecho

La muerte de Agustín se produjo el 20 de octubre de 2020, como consecuencia de una conexión eléctrica deficiente que los imputados hicieron en un local comercial que ellos explotaban. Como consecuencia, se electrificó la casa lindera donde habitaban Agustín y su mamá Mariela Ramírez, provocando la muerte del niño.

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