Cuantificación de los daños a valores actuales
FALLO “BARRIOS” DE LA SCBA

Cuantificación de los daños a valores actuales

En el expediente judicial caratulado “Barrios, Héctor Francisco y otra c/Lascano, Sandra Beatriz y otra s/Daños y Perjuicios” la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad sobrevenida del artículo 7 de la Ley 23.928 (Ley de Convertibilidad), en cuanto prohíbe la actualización monetaria o la indexación de créditos para las obligaciones dinerarias y, además, sentó los criterios para la determinación de las deudas de valor.

Esta doctrina legal que surge de “Barrios” descarta la aplicación indiscriminada y exige a los jueces el análisis de cada caso concreto. Así por ejemplo será inaplicable en aquellos supuestos en donde su utilización viole la cosa juzgada y/o menoscabe las garantías que la Constitución Nacional confiere a la propiedad privada y a la defensa en juicio en los arts. 14 y 18.

A partir de ahora estará en juego la fuerza de los argumentos que expongan los magistrados como fundamento de sus decisiones, quienes deberán encontrar los límites de aplicación para evitar enriquecimientos indebidos e injustos. Cada declaración de inconstitucionalidad conlleva extrema gravedad y exige cautela y análisis.

Durante el proceso y gestación del fallo “Barrios” los jueces se sirvieron de la experiencia tristemente ganada por nuestro país y nuestra Justicia en anteriores experiencias similares a la crisis hoy estamos sufriendo. Es de esperar que el PEN y los legisladores también utilicen esa experiencia y ajusten su accionar -y la normativa- a este preocupante escenario de volatilidad económica y social con elevada inflación.

De lo contrario el impacto será inevitable.

Patricio Fay: Abogado. Procurador. Fundación Ciudad Abierta. Extracto del artículo publicado enfciab.com.ar/fallo-barrios-de-la-scba.

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