HERRAMIENTA DE LOS MUNICIPIOS

Impuesto a la transferencia de inmuebles

Los municipios de la provincia de Buenos Aires podrán cobrar un impuesto al transferirse un inmueble, estipulado sobre el incremento del valor de una propiedad generado por obras públicas y otras acciones urbanísticas. La norma fue aprobada en la Cámara de Diputados y el Senado deberá convertirla en ley.
Se trata de la incorporación de un artículo al título de los recursos locales de la carta orgánica de las municipalidades, por el que se establecen “los Derechos de Participación en la plusvalía generados por los beneficios que reciben aquellos inmuebles por acciones urbanísticas que regulan la utilización del Suelo y del espacio aéreo urbano, incrementando su aprovechamiento o permitiendo una mayor área edificada”.
De acuerdo al proyecto impulsado por el diputado Juan de Jesús, son echos generadores de plusvalía: la incorporación de áreas rurales a suelo urbano, la creación o ampliación de núcleos urbanos o centros de población, modificaciones del régimen de usos del suelo y la ejecución de obras públicas cuando no se haya utilizado para su financiación la contribución de Mejoras.
El autor de la iniciativa fundamentó que se trata de “un nuevo instrumento tendiente a recuperar para la comunidad una parte de los beneficios e incrementos en los inmuebles, generados por obras públicas y otras acciones urbanísticas del Estado Municipal”. A manera de ejemplo, si se adquirió un inmueble hace unos años con un valor de $ 90.000 y es vendido por un valor de $ 150.000 habrá generado una plusvalía de $ 60.000. La futura ley deja a criterio del Ejecutivo comunal el procedimiento y método de avalúo.
La plusvalía urbana es "simplemente el incremento del valor del suelo que resulta de acciones que son ajenas al propietario", indicó el legislador y afirmó que cuando el Estado "hace una inversión pública o un cambio en la normativa que valoriza el suelo, genera un beneficio, por lo tanto, parte del mismo debe retornar para ser usada en el municipio”.
Por último el diputado Juan de Jesús aseguró que “la plusvalía como instrumento de gestión del desarrollo urbano puede ser considerada como aporte a la ciudad, generando una distribución equitativa de los beneficios y, partiendo de principios de justicia social, debe servir para el desarrollo de nuevas obras públicas apuntando fundamentalmente a mejorar los accesos, los servicios públicos y la calidad del medio ambiente en lugares o núcleos poblacionales más humildes”.

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