Propone una experiencia de compra similar al éxito de su línea de farmacias.
Propone una experiencia de compra similar al éxito de su línea de farmacias.
PRÓXIMA APERTURA

Llega Farmacity a Junín con la marca Simplicity

El local, que ya está siendo equipado, está situado en Roque Sáenz Peña y Arias, donde antes estaba la confitería Homero.

Los dueños de Farmacity llegarán a Junín con la marca Simplicity, una cadena de comercios que, sin vender medicamentos, propone una experiencia de compra similar al éxito de su línea de farmacias. 

Será en un amplio local situado en la tradicional esquina de Roque Sáenz Peña y Arias, donde antes estuvo la confitería Homero. Allí, el local de Simplicity ofrecerá distintos productos, desde cuidado personal y belleza hasta blanquería y hogar.
En la Región, Simplicity ya cuenta con una sucursal en Pergamino, la cual comercializa muchos productos de la marca Farmacity. 

En diálogo con Democracia, Atilio Villani, presidente del Colegio de Farmacéuticos, se refirió a la llegada de la cadena a Junín: “Tengo entendido que presentaron un pedido de habilitación al Municipio para la venta de medicamentos, pero eso no se puede. Vamos a presentar una nota hoy (por ayer) al Municipio para informar que eso no está permitido. Solo pueden comercializar perfumería”.

La prohibición de Farmacity
Cabe recordar que el pasado 30 de junio, finalmente la Corte Suprema de Justicia rechazó un reclamo de Farmacity en una causa contra la provincia de Buenos Aires, que le impedía el desembarco de la cadena en territorio bonaerense.

El fallo que rechaza el reclamo de Farmacity fue con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Martín Irurzun, mientras que la jueza Mirta Gladis Sotelo de Andreu votó en disidencia. El tribunal estuvo integrado de esta forma debido a que los jueces Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti se excusaron, mientras que Juan Carlos Maqueda no votó.

Para la Corte, el legislador de la Provincia ejerció sus facultades en forma razonable, basándose en principios de Salud pública. Al respecto, indicaron que la cuestión planteada “no encuadra en las facultades que el ordenamiento jurídico vigente reconoce como exclusiva y excluyente del Congreso de la Nación” y tampoco se trata de una materia expresamente vedada a la Provincia, razón por la cual se trata de una competencia “de incumbencia compartida y concurrente”.

COMENTARIOS