ley de alquileres junin
ECONOMÍA

Cómo es el trámite para registrar los alquileres y de qué manera va a impactar en la economía

Desde ayer, se deben asentar en la AFIP los contratos pactados a partir del 1 de julio de 2020. Muchos creen que habrá un encarecimiento en los precios y que eso se trasladará al monto final, por lo que el inquilino sería el que termine absorbiendo esa mayor carga.

El Registro de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a regir ayer, con lo cual los locadores de todo el país están obligados a inscribir los acuerdos de alquiler de bienes urbanos y rurales, locaciones temporarias y de espacios o superficies fijas o móviles.
Desde ayer, los locadores deben registrar las locaciones de inmuebles urbanos, sublocaciones, los arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, subarriendos, las locaciones temporarias de inmuebles con fines turísticos, de descanso o afines y las locaciones de espacios o superficies fijas o móviles como locales comerciales, stands, ferias, de acuerdo con lo establecido por AFIP.
Entre los sujetos excluidos se encuentran la administración pública, cuando en los contratos celebrados las partes sean exclusivamente el Estado nacional o los provinciales, el Gobierno porteño, los municipios y sus respectivas reparticiones, entes centralizados y descentralizados.
Los locatarios o arrendatarios no están obligados a registrarse en el RELI, pero podrán informar de forma voluntaria un contrato si el locador no lo hubiera hecho. Eso está previsto en la propia Ley de Alquileres, que obliga a registrar todos los contratos de locación y es una declaración voluntaria.
Respecto de cómo impactará esta medida, muchos creen que habrá un encarecimiento en los precios y que eso se trasladará al monto final, por lo que el inquilino sería el que termine absorbiendo esa mayor carga, mientras que también está la idea de que ante este nuevo requisito varios propietarios se retirarán del mercado y habrá menos oferta, lo cual también podría impactar en los precios impulsándolos hacia el alza.
Al respecto, el martillero Hernán Pietrobón explicó a Democracia que “es una norma que existe desde hace mucho tiempo. Lo que sucede ahora es que al haber sido incorporada en la Ley de Alquileres volvió a tomar protagonismo”.
“Siento que es una forma de sumarle un impuesto más a la gente y, por supuesto, a los propietarios los acobarda. Pueden optar por jugársela y seguir así o vender la propiedad cuando se termina el contrato”, aseguró.
“Como pasa siempre, cada medida que se toma contra los que tienen los bienes también repercute contra los inquilinos. Esto también generará aumento y habrá menos oferta y los inquilinos van a padecer cada vez más”, apuntó.
“Esta norma refuerza la idea de vender y baja la oferta de alquileres. Con la Ley de Alquileres se le mete más la mano al bolsillo al propietario. Está el tema de no poder ajustar el alquiler en períodos más cortos y hoy no se puede acordar en el contrato previo. El ajuste se da por un índice que se publica, lo que generará más incertidumbre”, subrayó.
Por su parte, el director de Reporte Inmobiliario, José Rozados, evaluó que la última disposición, que forma parte de la Ley de Alquileres, no es "beneficiosa para el mercado".
Según señaló, la nueva ley "ya viene impactando" y provocó una "aceleración en el ritmo de incremento de los precios de alquileres".
Estimó que la última medida profundizará ese efecto, dado que generó un "aumento del riesgo y el costo para el propietario".
"Una parte de los propietarios de vivienda, al aumentar el riesgo, consideran que no vale la pena correr ese nuevo riesgo y sacan propiedades del mercado", apuntó.
En declaraciones al canal TN, Rozados estimó que esa inscripción ante la AFIP va a producir "mayores costos para el propietario y lo va a intentar trasladarlo al valor del alquiler".
Por su parte, el secretario general de la Cámara Inmobiliaria, Claudio Vodanovich, coincidió en que habrá "una restricción en la oferta".
Remarcó que "cada vez que se toca algún elemento que tenga que ver con la locación", los propietarios "lo primero que hacen es parar la pelota" y "sacar de oferta las locaciones" con el fin de esperar a ver "cómo impacta".
"Entendemos que va a haber una restricción en la oferta, que se suma a una cantidad de medidas que se venían haciendo", insistió.
"Con menos oferta y más demanda, suben los precios", resaltó Vodanovich en declaraciones radiales.

El registro
El RELI contempla la posibilidad de que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) registren un contrato en representación de sus clientes. El artículo 16 de la Ley 27.551 dispuso que la AFIP ponga en marcha un régimen de facilidades para el registro de estas operaciones, por lo cual implementó a través de la resolución 4933/2021.
Para registrar tales contratos (o alguna modificación) se debe acceder al sitio web de AFIP con clave fiscal, al servicio "Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - Contribuyente".
El locador, con clave fiscal de seguridad nivel 3, debe completar una serie de datos mínimos respecto del contrato y adjuntar el contrato celebrado en formato JPG o PDF.
Una vez que se realiza esta operación hay un acuse de recibo de esta y un código verificador de la registración de contrato.
Se deben registrar en el sistema las altas de contrato y las modificaciones que pudiera sufrir este contrato (rescisiones o extinciones anticipadas).
En cuanto al plazo establecido para informar la celebración de contratos y sus modificaciones, es de 15 días corridos desde su celebración.
Los contratos pactados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración, hasta el 15 de abril próximo, inclusive.

COMENTARIOS