Si bien la prohibición está fijada en la Ley Nacional de Tránsito, los montos de las multas por circular con vidrios polarizados nunca fueron actualizados y la norma perdió fuerza en los últimos tiempos, debido “que quedó un poco antigua”.
En Junín no se cumple con la normativa de tránsito que multa el uso de cristales oscurecidos. El uso está regulado en la ley 11.430, que en el artículo 4 (década de 1990) se refiere a los motivos para retener un vehículo que pone en riesgo la seguridad pública.
En el inciso 11 aclara que el vehículo debe ser retenido "cuando se hubieran polarizado o ennegrecido los vidrios de modo tal que restrinjan la visión desde o hacia el interior del vehículo (las siluetas de los pasajeros), debiendo mantenerse las tonalidades originales de fábrica. Se debe labrar el acta de infracción y el vehículo será devuelto cuando se normalice la situación".
Lo piden por seguridad
Tanto los automovilistas que lo usan, como quienes se encargan de colocarlo, coincidieron en que el principal motivo por el que se pide el polarizado, es la seguridad.
“Si lo marca la ley, creo que está bien y es una medida buena. Se puede prevenir accidentes. También hay mucha gente que lo usa por el tema de la defensa y prevención personal, pero está establecido en la ley que está prohibido circular con vidrios polarizados”, remarcó el subsecretario de Control Ciudadano de Junín, Mario Olmedo, en diálogo con Democracia.
Por su parte, la diputada Laura Ricchini opinó que “hoy vienen polarizados que tienen mayor visibilidad que los antiguos. Es un tema para debatir porque también lo que se buscaba mayor seguridad para poder ver quién iba adentro del auto, pero además el conductor oscurece los cristales para circular con mayor seguridad. Entiendo las dos partes y es un poco ambiguo el tema.
“No se ha actualizado”
En este sentido el jefe del Destacamento Vial Junín, Matías Vecoli, destacó: “En relación a la seguridad vial no es aconsejable la utilización del polarizado en virtud de que en muchas ocasiones perturba la visibilidad a la hora de conducir”.
Pero que “mientras estén polarizados los laterales, normalmente no se hace ningún tipo de infracción, pero sí se hace la multa cuando se trata del parabrisas delantero y se lo hace quitar, y lo único que se permite es un parasol de 20 centímetros aproximadamente”, agregó.
Hay distintas tonalidades. “Por ejemplo existen los vehículos de alta gama que ya vienen original de fábrica tonalizados y suele suceder que los cristales laterales de las plazas traseras vienen más oscuros que los delanteros. Esos sí están permitidos”, aclaró.
“Respecto a la ley, creo que ya quedó un poco antigua y no se ha amplificado o actualizada en ningún aspecto. En ese sentido no hay mejoras. Estas medidas rigen tanto para autos, camionetas y camiones en los cuales también los sabemos ver”, apuntó.
“En parabrisas delanteros”
“Lo que sí se implementa es la prohibición del polarizado en los parabrisas delanteros. Con respecto a los laterales, hoy por hoy no se lo controla, salvo que tenga una tonalidad muy oscura que llame la atención”, informó el jefe de Vial.
“Como es una manera de resguardo de los ocupantes en relación a la seguridad, también es riesgoso para nosotros que estamos haciendo operativos en las calles: por ahí no sabemos quién anda adentro, y de qué manera actuar o reaccionar”, sostuvo.
“Por ahí uno lo toma como una medida de seguridad, pero para nosotros también es perjudicial que sea un polarizado completo”, subrayó.
COMENTARIOS