Desde el año 2015 hasta la actualidad se pidieron diez concursos preventivos y 39 quiebras. Así surge de las estadísticas proporcionadas a este diario por parte de la Receptoría General de Expedientes de los tribunales locales.
Estos datos corresponden al Departamento Judicial Junín, cuya competencia territorial comprende –además de nuestra ciudad– los partidos de Chacabuco, General Arenales, General Pinto, General Viamonte, Leandro N. Alem, Lincoln y Rojas.
La tendencia marca que en los últimos tres años la cantidad de expedientes iniciados bajo estas modalidades fue creciendo. De esta manera, después de un año 2015 sin concursos, se presentaron tres en 2016 y seis en 2017, mientras que en lo que va de 2018 se inició uno más. En cuanto a las quiebras, se pidieron nueve en 2015, once el año siguiente, quince en 2017, y en los primeros meses de este 2018 ya fueron cuatro los pedidos.
En el mismo período se iniciaron en los tribunales de Junín 4325 juicios ejecutivos por deudas impagas. En este caso, la tendencia es más irregular, ya que se presentaron 1244 en el año 2015, creció a 1401 en 2016 y luego bajó a 1328 en 2017. Durante 2018 se llevan iniciados 352 expedientes de estos juicios.
Si bien todos estos procesos hacen referencia a las deudas impagas y su forma de regularización, cada uno tiene sus particularidades.
Concursos
El concurso preventivo es una herramienta legal que persigue la conservación de una empresa cuando ésta se encuentra en estado de cesación de pagos, es decir, cuando posee deudas corrientes –o exigibles– que no puede satisfacer con los medios de pago con los que cuenta.
Para conservar esa empresa, el concurso preventivo le da al deudor la posibilidad de frenar el cómputo de intereses del pasivo que generó hasta la presentación, suspender los juicios que tenga pendientes, revisar la composición del pasivo –porque los acreedores deben presentarse y comprobar que lo son– y, una vez que ese pasivo fue estimado judicialmente, el moroso tiene la posibilidad de renegociar sus deudas haciendo una propuesta de pago de acuerdo a sus posibilidades económicas.
El concurso es voluntario y lo solicita la empresa que no puede hacer frente a sus obligaciones. Para eso se debe cumplimentar una serie de requisitos, entre ellos, el más importante es acreditar que se está en cesación de pagos.
Una vez que el juez habilita este recurso, la empresa concursada hace una propuesta de pago que, para que sea homologada judicialmente, debe ser aprobada por más de la mitad de los acreedores, que deben representar más del 66% del pasivo verificado. O sea que hay una doble mayoría: de cantidad de reclamantes y de capital verificado.
Si bien la vieja ley de concursos y quiebras establecía que no se podía ofrecer una quita superior al 60%, ese límite se corrió y hoy se puede hacer cualquier propuesta, aunque el juez puede no homologarla si considera que es abusiva.
Una vez que el magistrado convalida el acuerdo, la deuda queda “novada” –jurídicamente hablando– es decir que pasa a ser la que quedó en el convenio y no la original.
Quiebras
La quiebra es la otra cara de la misma moneda. Si bien se necesita el mismo requisito, es decir, que es que el deudor se encuentre en estado de cesación de pagos, la diferencia radica en que el objetivo, en este caso, no es la conservación de la empresa, sino su liquidación.
La quiebra la puede pedir el propio deudor o un tercero y es –como quedó dicho– un proceso liquidativo, lo que significa que se rematan los bienes y, del producido de esa operación, se les paga lo que se puede a los acreedores.
Para evitar perjuicios o que se llegue a una liquidación, cuando la quiebra la pide un tercero el deudor tiene un tiempo para convertirla en concurso preventivo.
Así como los concursos y las quiebras son procesos universales, porque comprenden todo el patrimonio del deudor, hay otros recursos, como los juicios ejecutivos, en los que se reclama por un título individual, donde los que intervienen son dos: el deudor y el acreedor de ese documento.
Los juicios ejecutivos son, entonces, acciones individuales sobre una deuda específica.
Análisis
El doctor Ignacio Farías, abogado especialista en derecho comercial, sostiene que “los concursos y quiebras marcan cuál es la realidad”. Y en ese marco, grafica: “Yo empecé a trabajar en esto en 1998, recuerdo que entre los años 2000 y 2001 hubo muchísimos y un par de años después empezaron a levantar las quiebras. Después hubo un tiempo con pocos procesos y desde hace unos años, fruto de la crisis del campo por el retraso cambiario o la situación de los molinos acá, empezaron a generarse algunas presentaciones de concursos preventivos”.
Farías, miembro del Instituto de Derecho Comercial del Colegio de Abogados de Junín, remarca que “los concursos que se han presentado en el último tiempo tienen que ver con ese panorama, pero no fueron tantos”.
El especialista asegura que el concurso es un recurso válido para quienes tengan dificultades económicas. “En mi experiencia, todos los últimos concursos que he tenido, han sorteado el estado de cesación de pagos”, enfatiza. Y considera que “la clave de esto es presentarse en concurso cuando el pasivo no es tan abultado”.
Con todo, se sabe que la decisión de apelar a un concurso preventivo no es sencilla por la carga simbólica que ella tiene. No obstante, Farías subraya las virtudes de este recurso: “El concurso es una buena herramienta para el que está en cesación de pagos, pero hay que saber que alguien que está en esa situación, la está pasando muy mal, no duerme, corre todos los días para que no le cierre la cuenta corriente del banco, está viendo cómo hace para comprar mercadería para producir y vender, en el medio está la inflación y los costos laborales, así que vive mal. La decisión de concursarse cuesta mucho por lo que implica, pero debo decir que terminan bien, porque los acreedores, lejos de enojarse, les terminan dando una mano”.
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