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Los hurones pueden presentar un riesgo para el ecosistema de la Región.
NUEVOS ANIMALES DOMÉSTICOS

Mascotas exóticas en Junín: cuáles están permitidas para tener y por qué

No es legal la posesión, en el propio hogar, de ejemplares como tortugas o víboras. Otros, como los hurones, loros, hámsteres, cobayos o la iguana verde sí están permitidos, siempre y cuando provengan de criaderos habilitados. Consejos de expertos a la hora de buscar mascotas.

Históricamente, el hombre ha creado y transformado el vínculo (funcional o emocional) con los animales. Todas las especies, hasta los perros y gatos, precisan cuidados para los que no siempre se está preparado. 
En los últimos años, en Junín ha aumentado la tenencia de mascotas denominadas especies no tradicionales como hurones, reptiles, aves, erizos, hámster y cobayos entre otros. La discusión acerca de qué especies están permitidas  y cuáles no, es constante e implica lineamientos legales, éticos y de responsabilidad social.
Entre las especies que se importan también hay pitones, arañas tipo tarántula, ranas exóticas, hurones, iguanas verdes, gekos y tortugas de agua o tierra no autóctonas. Mientras tanto, en los criaderos nacionales se pueden encontrar aves como loros habladores, guacamayos, calafates, manones, diamantes, y reptiles como la serpiente pitón.
En nuestra ciudad, desde las veterinarias informaron que no cuentan con variedades de animales exóticos, más allá de hámster, canarios, conejos o cobayos que desde hacen varias décadas ya son parte de las familias juninenses. 
El auge de adquisición o apropiación de animales no tradicionales está relacionado, entre otras cuestiones, con  la posibilidad de tener mascotas que, en apariencia, no demandan demasiados cuidados, -aunque  también existen factores ligados a una moda o una red vinculada a intereses comerciales (en muchos casos ilegal) que esconden la discusión ética sobre el cautiverio de determinadas especies.
El hecho de que un animal se encuentre disponible para la venta en una tienda de mascotas, no quiere decir que sea apropiado como tal y la realidad es que puede significar un  riesgo si no se tienen los recaudos necesarios, las condiciones y acciones esenciales para el desarrollo del animal y los controles sanitarios correspondientes en forma periódica.
El Dr. Fernando Pedrosa, especialista en animales no tradicionales y presidente del Distrito 1 del Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires, afirmó que “el 90 % de las patologías que presentan estos animales están relacionados con malos ambientes y deficiencias nutricionales, lo que permite inferir las malas condiciones en la que se albergan las mayorías de estos animales”.

“No se pueden extraer de su hábitat”
"Lo que está prohibido es la comercialización de animales de compañía no convencionales que sean silvestres, porque no se pueden extraer de su hábitat natural", dijo el secretario nacional de Política Ambiental, Diego Moreno.
Hay otras mascotas no convencionales que también son populares, pero es ilegal tenerlas, como la tortuga terrestre y los cardenales amarillos. Ambas especies son nativas y están en peligro de extinción. También es muy común la venta de algunos tipos de monos, y en todos los casos es ilegal: no hay criaderos habilitados en el país ni se importan.
En relación a las aves, sólo se permiten aquellas que tengan un anillo, que se coloca al nacer en una de las patas, e indica un número que identifica el criadero de donde proviene.
Desde el Ministerio, lo que recomiendan es "optar por las mascotas convencionales, que están más adaptadas a la vida en cautiverio y a convivir con el hombre, y no representan un riesgo como sí lo representan animales como las arañas y algunos reptiles como el pitón", apuntó Moreno.
El funcionario también aconsejó a aquellas personas que estén interesadas en tener en casa alguna especie no convencional, asegurarse de que el origen del animal sea legal, solicitando la documentación que acredita que fue trasladada con el consentimiento de las autoridades ambientales de cada jurisdicción.
El tráfico de fauna es considerado el tercer negocio ilegal a nivel mundial, después del comercio de drogas y de armas. De cada diez animales que se capturan en estado silvestre, nueve mueren antes de ser comercializados, según cifras oficiales.

Permitidos en la Provincia
Las especies permitidas (legales) son todas aquellas que provienen de criaderos o de las que la Dirección Nacional de Fauna permite su importación. La ley provincial de fauna N° 5786 es muy clara sobre el aprovechamiento de los recursos faunísticos, no permitiendo la captura de animales silvestres. 
En su artículo N°2 establece algunas excepciones, pero bajo ningún concepto autoriza la captura para su comercialización como mascotas. Es decir, está prohibida la tenencia de animales silvestres que no procedan de un criadero autorizado con su respectiva documentación o que sean importados también con su certificación correspondiente.
“Dentro de la Provincia está permitida la iguana verde y las tortugas acuáticas. Los hurones, por una cuestión de que si se llegaran a escapar, son muy nocivos a nivel ambiental y se producirían alteraciones graves en el ecosistema de la Región”, explicó Marilen Miquelez, encargada del espacio de Tenencia Responsable de mascotas en Junín.
“Dentro de los exóticos están permitidos las aves de corral como la gallina, pavos, codorniz y canarios; los hámsteres, cobayos y ratas de laboratorios al igual que los conejos. Lo que no están permitidos son los loros australianos, guacamayos y el resto de las aves cantoras. Tampoco está permitido, con respecto a los reptiles, la tenencia de tortugas de tierra, serpientes e iguanas” informó. 
“Para aquel que quiera serpientes o loros, existen criaderos que venden y se necesita una autorización que rige para las reservas con todos los papeles al día. Tienen que haber sido criados en cautiverios”, aseguró.

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